Si tu marca corre riesgo por falta de uso y temes la caducidad
Tu marca puede estar en riesgo si no la usas: la ley permite que terceros pidan que se cancele por falta de uso. Lo que determina si perderás la marca es si hubo uso real y continuado en los productos/servicios registrados, y qué prueba puedes aportar. Primer paso: reúne todas las pruebas de uso y la documentación de tu negocio. Con eso decides si contestas una solicitud de caducidad o buscas un acuerdo con el reclamante.
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¿Tienes razón?
Que una marca figure a tu nombre en el registro no la hace inmune. Lo que determina si estás en riesgo frente a una acción por falta de uso son, básicamente, tres cosas: el uso efectivo en el mercado; el periodo durante el cual se alega inactividad; y la calidad y forma de la prueba que aportes. Si has vendido, distribuido o publicitado con la marca, si existen facturas, fotos de empaques en el mercado, contratos con distribuidores o publicidad, tu posición es fuerte. Si la marca solo aparece en papeles (registro, diseño del empaque que nunca salió), la otra parte puede pedir la cancelación. Importa también el territorio: el uso en Perú es lo relevante, y el sector concreto de los bienes o servicios registrados.
En la práctica, muchas marcas “en riesgo” pueden salvarse con pruebas documentales sencillas: facturas, órdenes de compra, etiquetas, contratos o rastros digitales de ventas. Donde falla la mayoría es no conservar esos documentos o no ordenarlos de forma que se entiendan. Si no recuerdas actividad formal, aún puedes tener casuísticas favorables: uso por terceros autorizados, venta por plataformas online o muestras en ferias son formas válidas de uso si se prueban.
Cómo se soluciona
- Reúne pruebas ahora mismo. Busca facturas, boletas, contratos de distribución, órdenes de compra, fotos del producto en puntos de venta, publicaciones en redes sociales (exportadas), capturas de tienda online, etiquetas y certificados de importación. Exporta chats y correos que muestren pedidos o instrucciones de producción. Si trabajaste con terceros (fabricantes, distribuidores), pide que firmen o confirmen por escrito las fechas y cantidades de entrega.
- Ordena y cronología las pruebas. Haz un índice con fechas, explica claramente qué vendiste y dónde. Una carpeta ordenada facilita responder a una solicitud administrativa ante INDECOPI y reduce dudas del examinador.
- Evalúa la vía administrativa. Si alguien presenta una solicitud para cancelar por falta de uso, deberás contestarla ante la instancia correspondiente (INDECOPI). Si aún no se ha iniciado un procedimiento, puedes prevenir: comunica por escrito a clientes y distribuidores que mantienes la explotación de la marca y documenta cualquier acción de reintroducción al mercado (campañas, muestras, nueva producción).
- Contrapone la defensa documental con argumentos jurídicos claros. Un equipo que sepa redactar la contestación ante INDECOPI sabrá articular el relato comercial: por qué lo de “inactividad” no es tal, cuál fue el uso y en qué territorio, y cómo las pruebas acreditan continuidad.
- Si la marca realmente no se usó y no hay remedio, valora alternativas: licenciar su uso a terceros que la exploten en el territorio o iniciar un plan de reactivación comercial y documentarlo. En algunos casos, un acuerdo con el reclamante evitará un conflicto largo.
En qué actúas solo y cuándo necesitas ayuda: puedes reunir y ordenar pruebas tú mismo, y redactar un primer informe cronológico. Si la otra parte ya presentó la solicitud, o si las pruebas son complejas (uso por licenciados, venta indirecta, importaciones), conviene que un abogado prepare la defensa ante INDECOPI.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta o prueba previa: muchas solicitudes se resuelven cuando el titular aporta evidencia que demuestra uso. Una simple explicación con documentos claros puede convencer al examinador y terminar el asunto sin más.
2) Acuerdo o conciliación: la otra parte puede aceptar un arreglo (por ejemplo, que mantengas la marca a cambio de condiciones), o acordar un uso limitado. Un acuerdo puede ser mejor que litigar: evita costes, el riesgo de perder y la publicidad del conflicto. Valora qué te ofrecen y si el acuerdo protege los activos de tu negocio.
3) Procedimiento administrativo y posible sentencia de cancelación: si INDECOPI entiende que no hubo uso, la marca puede cancelarse y ser libre para terceros. Si ganas la disputa, la marca se mantiene. Si pierdes, la decisión puede ser apelable, pero si la empresa está en dificultades financieras, ganar en lo formal no garantiza cobro ni reparación; la sentencia deja constancia que la marca quedó cancelada o no.
Si ganas, cobrar, en este contexto, suele significar conservar el derecho y eventualmente solicitar indemnizaciones si hubo daños; si pierdes, la otra parte puede registrar la marca y aprovecharla, y recuperar será costoso.
Errores que arruinan el caso
- No conservar facturas, boletas o contratos: sin ellas, la defensa es muy débil.
- Entregar pruebas desordenadas o sin fechas claras: crea desconfianza.
- Depender solo de memoria o relatos orales sin respaldo documental.
- No documentar el uso digital: borrar publicaciones o no exportarlas elimina evidencia valiosa.
- Retrasar la contestación cuando ya existe una solicitud ante INDECOPI: la defensa es más difícil si no hay respuesta formal.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes intentar recopilar y ordenar la documentación por tu cuenta; muchas disputas se solucionan aportando pruebas claras. Necesitas abogado cuando la otra parte ya inició trámite ante INDECOPI, cuando las pruebas son complejas (licencias, ventas en terceros países, importaciones), o cuando te ofrecen un acuerdo: en ese punto un abogado puede valorar la propuesta y evitar que firmes condiciones desfavorables. Si no puedes pagar, revisa la posibilidad de asistencia legal gratuita en colegios de abogados o asesoría pro bono.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No hay una fórmula única: facturas, boletas, contratos de distribución, fotos del producto en puntos de venta, publicaciones en redes exportadas, capturas de tienda online y órdenes de compra son pruebas habituales. Lo importante es que muestren fecha, cantidad y territorio de explotación.
Sí, la ley valora el uso real y no exige una cifra mínima pública; ventas periódicas, aunque modestas, pueden ser prueba de explotación si están documentadas y son coherentes con el mercado de tu producto.
Uso por distribuidores autorizados puede salvar la marca si puedes probar la relación (contratos, órdenes, comunicaciones) y que la marca fue explotada en el territorio declarado.
Sí: reintroducir la marca en el mercado y documentar la actividad (campañas, ventas, contratos) es una vía válida. Lo clave es conservar la prueba y poder presentarla cuando sea necesaria.
Si INDECOPI decide la cancelación, la marca queda sin protección en el registro y terceros pueden solicitar su registro. Existen recursos administrativos y judiciales, pero cada caso requiere valoración sobre probabilidad y coste de continuar.
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