Quiero evitar que me incauten mercancías en aduanas por infracción
No siempre que alguien dice que tu importación infringe una marca o diseño corresponde incautación. Lo que decide es si existe una denuncia ante Aduanas o INDECOPI y si la autoridad aprecia riesgo de vulneración. Primer paso: reunir toda la documentación de la cadena comercial y preparar una prueba clara de titularidad o licencia. Con eso puedes intentar evitar o revertir una medida en la propia aduana o en el procedimiento administrativo.
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¿Tienes razón?
Que te incauten mercancías en aduanas por una supuesta infracción no es automático: la decisión depende de cuatro cosas. Primera, si existe una denuncia o un oficio de INDECOPI dirigido a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria que señale una presunta vulneración de derechos de propiedad industrial. Segunda, si la documentación que acompaña la carga —facturas, contratos de licencia, certificados de origen— demuestra tu derecho a comerciar esos bienes. Tercera, la apariencia externa de la mercancía: un embalaje o una marca idéntica a la registrada eleva la probabilidad de incautación. Cuarta, la actuación previa del propietario de la marca: si hay comunicaciones formales advirtiendo de una supuesta infracción, eso pesa en la decisión administrativa.
Si tienes facturas, órdenes de compra, contratos de suministro o una licencia por escrito que autorice el uso de la marca, tu posición es fuerte. Si no hay papeles y solo tienes conversaciones informales, no estás condenado, pero necesitarás reconstruir la cadena comercial con otros medios probatorios: comprobantes de pago, certificados de transporte, fotografías de producto con fecha, correos y mensajes que documenten la negociación.
Cómo se soluciona
- Reúne y organiza la prueba. Junta facturas, packing lists, conocimientos de embarque, certificados de origen, contratos de licencia o cesión, comprobantes de pago y cualquier comunicación con el proveedor. Exporta y guarda chats y correos en formato que no dependa del teléfono. Si trabajas con un agente de aduanas, pide su declaración escrita sobre los documentos presentados.
- Identifica la base registral. Localiza la solicitud o registro de la marca o diseño que alega la infracción. Si el reclamante es el titular, busca la fecha y el alcance territorial del registro en la base pública de INDECOPI. Averigua si la marca está registrada exactamente como aparece en el producto o si se trata de una marca similar.
- Responde en aduana con documento fehaciente. Si la autoridad aduanera te comunica la retención, presenta inmediatamente la documentación que acredita tu derecho. Si cuentas con licencia o contrato, preséntalo sellado y firmado. Si la mercancía es original adquirida al titular o a un distribuidor autorizado, aporta factura y certificado de autenticidad si existe.
- Solicita la intervención de INDECOPI o del inicio del mecanismo previsto. En muchos casos, INDECOPI es la entidad que analiza la infracción materialmente; pide que se remita el expediente y participa con tus argumentos y pruebas ante esa entidad.
- Si la medida persiste, prepara defensa administrativa y, si procede, la acción judicial. Conserva copias certificadas de todo lo que entregues. Evita destruir o esconder mercancía; eso complica la defensa y puede dar pie a sanciones.
Diferencia entre lo que puedes hacer tú y lo que necesita un abogado: tú puedes recolectar y presentar facturas, contratos y comunicaciones; un abogado redacta alegatos técnicos, solicita medidas cautelares, gestiona la interlocución con INDECOPI y prepara la defensa ante tribunales si la vía administrativa no es suficiente.
Qué puede pasar
1) Se soluciona con la devolución de la mercancía o la no incautación tras aportar prueba documental. Es bastante común que, presentando facturas y contratos de licencia, la autoridad permita la salida de la mercancía. Este resultado suele ser el más rápido y menos costoso.
2) Acuerdo o solución mediante procedimiento administrativo. INDECOPI puede abrir un procedimiento de verificación de infracción, y las partes pueden negociar: el titular puede aceptar un retiro comercial, el pago de una compensación o una regularización. A veces aceptar una solución administrativa conviene: evita un largo procedimiento y los riesgos de una resolución adversa.
3) Juicio o resolución administrativa adversa. Si la autoridad determina infracción, puede decretarse la incautación y la destrucción de la mercancía. En ese escenario, si pierdes, las costas y sanciones administrativas pueden recaer en ti, y la sentencia es exigible frente a bienes. Por otro lado, si ganas, la recuperación material depende de la existencia de la mercancía y de la solvencia de la otra parte si hay indemnización. Una sentencia favorable no garantiza que cobres si la contraparte es insolvente.
Y si ganas, ¿cobras? Una resolución favorable puede ordenar la devolución o pagar daños, pero si la otra parte no tiene activos, la sentencia se queda como un título que hay que ejecutar; cobrar depende de la capacidad económica de la contraparte.
Errores que arruinan el caso
- Destruir o mover la mercancía sin autorización: elimina prueba y agrava la posición ante la autoridad.
- No conservar documentación de la cadena comercial: sin facturas ni contratos te quedas sin defensa sólida.
- Firmar declaraciones admitiendo uso indebido o reconocer culpa en comunicaciones que luego se usan en el expediente.
- Intentar “resolver” con pagos informales sin documento escrito y firmado que libere la controversia.
- No coordinar con tu agente de aduanas para presentar la documentación en tiempo y forma: el agente es tu enlace y puede ayudar a evitar la medida.
¿Necesitas un abogado para esto?
La primera defensa documental la puedes hacer tú: reúne facturas, contratos y correos y preséntalos en aduana. Necesitarás abogado cuando la autoridad mantenga la incautación, cuando el titular inicie un procedimiento ante INDECOPI o cuando la otra parte te ofrezca un acuerdo económico. Si hay riesgo de sanciones o destrucción, un abogado te ayuda a presentar medidas y a negociar con INDECOPI. Si no puedes pagar, consulta la posibilidad de justicia gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Una factura ayuda, pero no basta si la autoridad duda sobre la procedencia o titularidad de la marca. Lo ideal es combinar factura con contrato de compra, certificados de autenticidad, pruebas de distribución o licencia, y documentos que muestren la cadena comercial.
Un permiso verbal tiene valor probatorio limitado. Es preferible obtener un documento por escrito, firmado o acompañado de transferencias bancarias y correos que confirmen la autorización. Exporta los mensajes y conserva los comprobantes de pago.
INDECOPI es la autoridad técnica en propiedad industrial y suele intervenir para evaluar la presunta infracción. Aduanas puede retener las mercancías mientras se coordina con INDECOPI, que realizará el análisis técnico y legal.
Sí. Muchas veces se alcanza una solución mediante acuerdo escrito que permite la salida de la mercancía o su regularización. Documenta todo por escrito y evita pagos informales sin un acuerdo que te exima de futuras reclamaciones.
Ambos son complementarios. El contrato de licencia demuestra autorización para usar la marca; la factura demuestra la adquisición y la cadena comercial. Si no existe licencia, una factura de un distribuidor autorizado también favorece tu defensa.
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