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Quiero evitar que me incauten mercancías en aduanas por infracción

No siempre que alguien dice que tu importación infringe una marca o diseño corresponde incautación. Lo que decide es si existe una denuncia ante Aduanas o INDECOPI y si la autoridad aprecia riesgo de vulneración. Primer paso: reunir toda la documentación de la cadena comercial y preparar una prueba clara de titularidad o licencia. Con eso puedes intentar evitar o revertir una medida en la propia aduana o en el procedimiento administrativo.

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¿Tienes razón?

Que te incauten mercancías en aduanas por una supuesta infracción no es automático: la decisión depende de cuatro cosas. Primera, si existe una denuncia o un oficio de INDECOPI dirigido a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria que señale una presunta vulneración de derechos de propiedad industrial. Segunda, si la documentación que acompaña la carga —facturas, contratos de licencia, certificados de origen— demuestra tu derecho a comerciar esos bienes. Tercera, la apariencia externa de la mercancía: un embalaje o una marca idéntica a la registrada eleva la probabilidad de incautación. Cuarta, la actuación previa del propietario de la marca: si hay comunicaciones formales advirtiendo de una supuesta infracción, eso pesa en la decisión administrativa.

Si tienes facturas, órdenes de compra, contratos de suministro o una licencia por escrito que autorice el uso de la marca, tu posición es fuerte. Si no hay papeles y solo tienes conversaciones informales, no estás condenado, pero necesitarás reconstruir la cadena comercial con otros medios probatorios: comprobantes de pago, certificados de transporte, fotografías de producto con fecha, correos y mensajes que documenten la negociación.

Cómo se soluciona

  1. Reúne y organiza la prueba. Junta facturas, packing lists, conocimientos de embarque, certificados de origen, contratos de licencia o cesión, comprobantes de pago y cualquier comunicación con el proveedor. Exporta y guarda chats y correos en formato que no dependa del teléfono. Si trabajas con un agente de aduanas, pide su declaración escrita sobre los documentos presentados.
  1. Identifica la base registral. Localiza la solicitud o registro de la marca o diseño que alega la infracción. Si el reclamante es el titular, busca la fecha y el alcance territorial del registro en la base pública de INDECOPI. Averigua si la marca está registrada exactamente como aparece en el producto o si se trata de una marca similar.
  1. Responde en aduana con documento fehaciente. Si la autoridad aduanera te comunica la retención, presenta inmediatamente la documentación que acredita tu derecho. Si cuentas con licencia o contrato, preséntalo sellado y firmado. Si la mercancía es original adquirida al titular o a un distribuidor autorizado, aporta factura y certificado de autenticidad si existe.
  1. Solicita la intervención de INDECOPI o del inicio del mecanismo previsto. En muchos casos, INDECOPI es la entidad que analiza la infracción materialmente; pide que se remita el expediente y participa con tus argumentos y pruebas ante esa entidad.
  1. Si la medida persiste, prepara defensa administrativa y, si procede, la acción judicial. Conserva copias certificadas de todo lo que entregues. Evita destruir o esconder mercancía; eso complica la defensa y puede dar pie a sanciones.

Diferencia entre lo que puedes hacer tú y lo que necesita un abogado: tú puedes recolectar y presentar facturas, contratos y comunicaciones; un abogado redacta alegatos técnicos, solicita medidas cautelares, gestiona la interlocución con INDECOPI y prepara la defensa ante tribunales si la vía administrativa no es suficiente.

Qué puede pasar

1) Se soluciona con la devolución de la mercancía o la no incautación tras aportar prueba documental. Es bastante común que, presentando facturas y contratos de licencia, la autoridad permita la salida de la mercancía. Este resultado suele ser el más rápido y menos costoso.

2) Acuerdo o solución mediante procedimiento administrativo. INDECOPI puede abrir un procedimiento de verificación de infracción, y las partes pueden negociar: el titular puede aceptar un retiro comercial, el pago de una compensación o una regularización. A veces aceptar una solución administrativa conviene: evita un largo procedimiento y los riesgos de una resolución adversa.

3) Juicio o resolución administrativa adversa. Si la autoridad determina infracción, puede decretarse la incautación y la destrucción de la mercancía. En ese escenario, si pierdes, las costas y sanciones administrativas pueden recaer en ti, y la sentencia es exigible frente a bienes. Por otro lado, si ganas, la recuperación material depende de la existencia de la mercancía y de la solvencia de la otra parte si hay indemnización. Una sentencia favorable no garantiza que cobres si la contraparte es insolvente.

Y si ganas, ¿cobras? Una resolución favorable puede ordenar la devolución o pagar daños, pero si la otra parte no tiene activos, la sentencia se queda como un título que hay que ejecutar; cobrar depende de la capacidad económica de la contraparte.

Errores que arruinan el caso

  • Destruir o mover la mercancía sin autorización: elimina prueba y agrava la posición ante la autoridad.
  • No conservar documentación de la cadena comercial: sin facturas ni contratos te quedas sin defensa sólida.
  • Firmar declaraciones admitiendo uso indebido o reconocer culpa en comunicaciones que luego se usan en el expediente.
  • Intentar “resolver” con pagos informales sin documento escrito y firmado que libere la controversia.
  • No coordinar con tu agente de aduanas para presentar la documentación en tiempo y forma: el agente es tu enlace y puede ayudar a evitar la medida.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera defensa documental la puedes hacer tú: reúne facturas, contratos y correos y preséntalos en aduana. Necesitarás abogado cuando la autoridad mantenga la incautación, cuando el titular inicie un procedimiento ante INDECOPI o cuando la otra parte te ofrezca un acuerdo económico. Si hay riesgo de sanciones o destrucción, un abogado te ayuda a presentar medidas y a negociar con INDECOPI. Si no puedes pagar, consulta la posibilidad de justicia gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Una factura ayuda, pero no basta si la autoridad duda sobre la procedencia o titularidad de la marca. Lo ideal es combinar factura con contrato de compra, certificados de autenticidad, pruebas de distribución o licencia, y documentos que muestren la cadena comercial.

Un permiso verbal tiene valor probatorio limitado. Es preferible obtener un documento por escrito, firmado o acompañado de transferencias bancarias y correos que confirmen la autorización. Exporta los mensajes y conserva los comprobantes de pago.

INDECOPI es la autoridad técnica en propiedad industrial y suele intervenir para evaluar la presunta infracción. Aduanas puede retener las mercancías mientras se coordina con INDECOPI, que realizará el análisis técnico y legal.

Sí. Muchas veces se alcanza una solución mediante acuerdo escrito que permite la salida de la mercancía o su regularización. Documenta todo por escrito y evita pagos informales sin un acuerdo que te exima de futuras reclamaciones.

Ambos son complementarios. El contrato de licencia demuestra autorización para usar la marca; la factura demuestra la adquisición y la cadena comercial. Si no existe licencia, una factura de un distribuidor autorizado también favorece tu defensa.

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