¿Puedo usar una marca ajena de forma descriptiva o nominativa?
Puedes usar la marca ajena de forma descriptiva o nominativa en Perú en circunstancias concretas: para referirte al producto o servicio del otro sin ambigüedad o para identificar compatibilidades entre productos. Lo que importa es no crear confusión sobre el origen ni aprovechar indebidamente la reputación ajena. Primer paso: define claramente en tu comunicación que no eres la marca original y guarda evidencias de uso objetivo y comparativo.
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¿Tienes razón?
Si tu uso es estrictamente nominativo (usar el nombre de la marca para referirte a ella) o descriptivo (mencionar una característica que realmente describe el producto), es posible que estés dentro de lo permitido. Tres factores determinan si tu uso es legal: la finalidad informativa o comparativa de tu mención, la ausencia de riesgo de confusión sobre el origen comercial y que no estés aprovechando la notoriedad ajena para tu ventaja comercial injusta. Un ejemplo típico es comparar dos productos o indicar compatibilidad técnica con la marca original; ahí el uso suele admitirse si está hecho de forma veraz y no engañosa. En cambio, usar la marca como elemento central de tu publicidad, imitar su presentación visual o explotar su reputación puede constituir infracción.
Además, existe la limitación de no menoscabar la reputación de la marca ajena: las expresiones difamatorias o declaraciones falsas no se amparan por el derecho a citar. Si el titular de la marca demuestra que el público puede confundirse sobre si tu oferta pertenece a la marca original, o que tu uso diluye su distintividad, podrás enfrentar una reclamación administrativa o judicial.
Cómo se soluciona
- Evalúa el contexto de uso. Documenta dónde y cómo piensas utilizar la marca ajena: en una reseña, en la descripción técnica de un producto compatible, o en la etiqueta de un producto propio. Guarda bocetos, versiones de la publicación y capturas. Si tu uso está en un empaque o en publicidad, considera alternativas que reduzcan el protagonismo de la marca ajena.
- Sigue las buenas prácticas: usa la marca ajena como texto plano, sin logos ni grafismos; añade aclaraciones visibles que expliquen la relación (por ejemplo, “producto compatible con X”, “reseña de X”); no uses tipografías o colores que imiten la identidad de la marca. Estas medidas reducen el riesgo de confusión.
- Si tu uso es comparativo, asegúrate de que las comparaciones sean objetivas y verificables. Conserva pruebas que sostengan cualquier afirmación comparativa (tests, especificaciones técnicas, imágenes). Evita juicios de valor sin respaldo.
- Si te reclama el titular, responde documentando la finalidad informativa o comparativa y mostrando cómo evitaste la confusión. A menudo una aclaración o un cambio en la maquetación basta para resolver la disputa.
- Si el titular insiste en una demanda o en una carta formal, valora una negociación de buena fe. En algunos casos conviene un acuerdo de coexistencia o una autorización de uso nominativo que te de seguridad.
Qué hace la persona sola y qué necesita profesional:
- Solo: redactar comunicaciones donde la marca ajena aparezca como texto, añadir aclaraciones de relación, y conservar la prueba objetiva que respalde las afirmaciones.
- Con abogado: responder a cartas formales, negociar acuerdos de coexistencia o licencias, y defenderte en procedimientos ante INDECOPI o en la vía judicial si hay acusaciones de infracción.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una simple modificación: en la práctica, muchas disputas por uso nominativo o descriptivo se resuelven cambiando la forma en que aparece la marca ajena en tu material (quitar logo, añadir aclaración, modificar tipografía). Esto suele ser la salida más rápida y menos costosa.
2) Acuerdo o conciliación: si el titular considera que tu uso le causa daño o crea confusión, puede proponerte un acuerdo que establezca condiciones de uso (menciones autorizadas, límites territoriales, etc.). Aceptar un acuerdo puede ser razonable si garantiza continuidad del negocio y evita un desgaste mayor.
3) Reclamación ante INDECOPI o demanda judicial: si no hay acuerdo, el titular puede iniciar acciones administrativas o judiciales. En ese escenario, si pierdes podrías tener que retirar material, pagar daños si se prueba perjuicio y asumir costas. Si ganas, mantienes el uso pero la defensa requiere pruebas y argumentos sólidos.
Y si ganas, ¿cobras? El objetivo de una defensa exitosa es mantener tu actividad, no cobrar a la otra parte. Los daños solo se obtienen si demuestras perjuicio concreto y hay recursos para ejecutarlos.
Errores que arruinan el caso
- Imitar el logo o la identidad visual en vez de usar solo el nombre. Esa es la causa más frecuente de conflicto.
- No documentar afirmaciones comparativas: sin pruebas, una comparación puede ser considerada desleal.
- Ignorar comunicaciones del titular: dejarlas sin respuesta reduce opciones de negociación.
- Usar la marca ajena como palabra clave en publicidad pagada sin aclaraciones, creando la impresión de afiliación.
- Publicar afirmaciones falsas o despectivas sobre la marca ajena; eso no está protegido por el derecho a citar.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si el uso es puntual y meramente informativo puedes manejarlo tú mismo ajustando la presentación y guardando pruebas. Necesitas abogado cuando la otra parte ya te envía una carta formal, cuando hay riesgo de cierre de canales comerciales o cuando conviene negociar una licencia o acuerdo de coexistencia. Si la disputa escala ante INDECOPI o al juzgado, un abogado especializado puede preparar la defensa y evaluar la evidencia; si no tienes recursos, consulta opciones de asistencia legal gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Usar el nombre de una marca ajena como texto en tu web para indicar compatibilidad o venta de sus productos puede ser admisible si no induce a error sobre la relación comercial. Evita reproducir el logo o imitar la identidad visual. Si la marca se presenta como parte central de tu identidad comercial, tendrás problemas. Conserva capturas y justifica que vendes productos originales o compatibles.
Las reseñas críticas están protegidas cuando son opiniones fundadas y no contienen afirmaciones falsas. Si haces afirmaciones objetivas sobre defectos o comparativas técnicas, guarda pruebas que las respalden. Las afirmaciones falsas o maliciosas pueden dar lugar a reclamaciones por daño a la reputación.
Sí, para referirte a la marca en un contexto informativo o descriptivo suele estar permitido, siempre que no sugieras que eres la marca ni uses su identidad visual de forma engañosa. Usa el nombre en texto y añade aclaraciones si hay posibilidad de confusión.
Describir tus productos como compatibles es una práctica común y admitida si es veraz. Evita usar la marca ajena como si fuera tuya y no uses logos. Conserva pruebas de compatibilidad técnica y evita declaraciones que impliquen patrocinio o aprobación inexistente.
Prepara una explicación clara del uso, copias de la pieza comercial, y cualquier prueba que justifique las afirmaciones (tests, especificaciones, capturas anteriores). Una respuesta rápida y documentada suele facilitar una solución negociada.
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