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No me devuelven el aval bancario tras finalizar el alquiler

Si te retienen un aval bancario cuando termina el contrato, no siempre tienen derecho a hacerlo: el aval garantiza obligaciones pactadas y su ejecución depende del texto del aval y de si existe incumplimiento acreditado. Lo primero es revisar el aval y el contrato, y reclamar por escrito al beneficiario solicitando la liberación del aval; si no hay respuesta, el siguiente paso suele ser la conciliación extrajudicial y, si procede, una demanda para exigir la liberación y resarcimiento por uso indebido.

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¿Tienes razón?

Tu posición depende de tres cosas: el contenido del aval bancario, el estado de cumplimiento de tus obligaciones contractuales y la conducta del beneficiario del aval. Un aval bancario es una garantía autónoma que da el banco en favor del arrendador; su texto suele establecer cuándo puede ejecutarse. Si no existe deuda demostrada o el propietario no acreditó incumplimiento, la retención del aval es cuestionable.

Revisa el aval: algunos avales son “a primer requerimiento” y permiten al beneficiario cobrar al presentar una simple declaración; otros requieren probar incumplimiento previo. Si el aval está condicionado a hechos concretos que no ocurrieron, tienes base para reclamar su devolución. Además, si entregaste el aval al banco y este lo liberó luego de una orden del beneficiario sin causa, pueden existir reclamaciones frente al banco también.

La prueba de cumplimiento del contrato es clave: entregas de llaves, inventarios, pagos de rentas y servicios, y comunicaciones que acrediten que entregaste la vivienda en buen estado. Si no dejaste constancia del estado final, el propietario puede alegar daños.

Cómo se soluciona

  1. Reúne documentos: contrato de arrendamiento, copia del aval bancario, comprobantes de pago de rentas y servicios, acta de entrega de llaves o inventario de salida si existe, fotografías del estado del inmueble al entregar y comunicaciones con el arrendador.
  1. Envía una reclamación escrita y fehaciente al propietario solicitando la devolución del aval y adjunta las pruebas de cumplimiento. Exige respuesta y conserva constancia de envío y recepción.
  1. Revisa el contenido del aval con el banco: solicita copia de comunicaciones entre el banco y el beneficiario y pregunta bajo qué motivo se cursó la retención o ejecución del aval.
  1. Si no hay respuesta o el arrendador mantiene la retención, inicia la conciliación extrajudicial cuando corresponda para intentar un acuerdo; lleva tus pruebas y copia del aval.
  1. Si la conciliación no prospera, la vía judicial permite reclamar la liberación del aval, la devolución y eventual resarcimiento por el uso indebido de la garantía. En juicio podrás pedir tutela cautelar para impedir la ejecución si procede, siempre con la documentación adecuada.

Qué puedes hacer por tu cuenta: enviar la carta fehaciente y recabar la documentación bancaria y del inmueble. Necesitarás abogado si el aval es complejo, si el banco alega cumplimiento o cuando el propietario ya ha ejecutado el aval y se hizo efectivo el pago.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta y devolución del aval. En muchos casos, basta acreditar la entrega y el cumplimiento para que el arrendador libere la garantía. Un acuerdo rápido suele incluir una carta de liberación firmada por el propietario.

2) Conciliación o acuerdo. En conciliación pueden pactar que el propietario devuelva el aval a cambio de una retención parcial para cubrir daños concretos. Negocia con cuidado: aceptas solo lo que esté documentado y firmado.

3) Juicio. Si terminas en juicio, el juez puede ordenar la liberación del aval y la devolución de lo indebidamente percibido, más daños si corresponde. Ten en cuenta que si el beneficiario ya ejecutó el aval y cobró, el problema puede ampliarse a acciones contra el banco por mala fe o falta de comprobación, dependiendo del tipo de aval.

Y si ganas, ¿cobras? La recuperación dependerá de que la parte contraria tenga patrimonio. Un fallo a tu favor te da un título para ejecutar, pero la efectividad del cobro no es automática.

Errores que arruinan el caso

  • No conservar el aval original y el contrato: sin documentos, tu reclamación se debilita.
  • No documentar la entrega del inmueble: actas de entrega y fotos son imprescindibles.
  • Firmar recibos de entrega sin reservas: aceptar la entrega sin dejar constancia de daños te impide luego reclamar.
  • Discutir por teléfono sin dejar constancia: siempre pide confirmación por escrito.
  • No pedir al banco la información sobre la ejecución del aval: a veces el banco puede aportar datos esenciales para impugnar la retención.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes gestionar la reclamación inicial y pedir información al banco por tu cuenta. Necesitarás abogado cuando el aval haya sido ejecutado, cuando el banco invoque cláusulas complicadas del aval, o si te ofrecen un acuerdo que implique renuncia a derechos. Si te ofrecen dinero, consulta siempre con un abogado: a menudo una oferta encubierta es señal de que tu caso tiene valor.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

El banco actúa según el contrato de aval y las instrucciones del beneficiario. Si el banco libera el aval sin causa, puedes reclamar contra el banco. Pide copia de las comunicaciones entre banco y arrendador para valorar la actuación.

Sí. El propietario debe acreditar los daños y su valoración. Si no presenta pruebas claras, su retención del aval es cuestionable. Conserva fotos y comprobantes que demuestren el estado de entrega.

Depende del texto del aval. Algunos cubren específicamente rentas impagas o daños; otros son más amplios. Lee el contenido del aval y, si hace falta, consulta con un abogado para interpretar su alcance.

Depende de lo que firmes. Si firmas un acuerdo que libera al arrendador de otras reclamaciones, podrías perder el derecho a futuras demandas. Lee y negocia bien cualquier documento antes de firmarlo.

Sí. Fotos fechadas del estado del inmueble al entregar son pruebas valiosas para demostrar cumplimiento y oponerlas a reclamaciones de daños posteriores.

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