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El inquilino dañó la vivienda y no quiere reparar

Si tu inquilino dañó la vivienda y se niega a reparar, puedes reclamar reparación o la cuantía equivalente, pero la vía depende de si el daño es por uso normal, por negligencia o por dolo. Lo que determina tu caso es la prueba de los daños, el contrato y la existencia de garantías. Primer paso: documenta el estado actual y recoge prueba pericial si es posible antes de negociar o acudir a conciliación.

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¿Tienes razón?

Tu posición depende de cuatro cosas: el origen del daño (uso normal frente a negligencia), las obligaciones contractuales del inquilino, la existencia de inventario o acta de entrega y las garantías pactadas. Si al inicio del contrato se dejó un inventario o acta de entrega que describa el estado del inmueble, tienes una referencia clara para comparar el daño actual. Si el deterioro es producto del desgaste por uso adecuado, no procede la reparación por parte del inquilino; si corresponde a negligencia, mala conservación o actos dolosos, puedes exigir la reparación o su equivalente económico.

La carga probatoria es clave: debes demostrar la diferencia entre el estado de entrega y el estado actual, y vincular el daño al inquilino durante su posesión. Fotos fechadas, testimonios, peritajes técnicos y presupuestos de reparación son elementos que fortalecen tu reclamo. También influye si hubo avisos previos al inquilino para que subsanara problemas; la falta de reclamación puede complicar la demanda pero no la hace imposible.

Cómo se soluciona

  1. Documenta el daño exhaustivamente. Fotografía y graba todas las zonas afectadas con detalle y fecha. Conserva presupuestos de reparación emitidos por proveedores o peritos y solicita un informe técnico si el daño es estructural o complejo. Guarda comunicaciones en las que solicitaste la reparación.
  1. Notifica al inquilino por escrito pidiendo la reparación o, en su defecto, la compensación económica. Adjunta presupuestos y un plazo razonable para la ejecución. Envía la comunicación por un medio que deje constancia y guarda el comprobante.
  1. Conciliación extrajudicial. Lleva el caso a un centro de conciliación autorizado con toda la documentación. La conciliación puede derivar en un acuerdo de reparación o en un convenio de pago. Asegúrate de que el acuerdo incluya detalles sobre la ejecución y consecuencias por incumplimiento.
  1. Si no hay acuerdo, inicia la demanda judicial por responsabilidad civil contractual o extracontractual. Expón los hechos, adjunta peritajes y presupuestos y pide la condena al pago de la reparación y eventualmente la restitución de la garantía. Si hay depósitos o fianzas, pide su aplicación para cubrir los arreglos.
  1. Ejecuta la sentencia si es favorable. Si obtienes sentencia y el condenado no paga, solicita medidas de ejecución sobre bienes o sobre la garantía. Ten en cuenta que una sentencia es eficaz, pero su cumplimiento depende de la situación patrimonial del moroso.

Qué puedes hacer por tu cuenta: recopilar foto, presupuestos y comunicaciones; acudir a conciliación. Necesitas abogado cuando hay daños complejos, cuando hay que presentar peritajes técnicos o si el inquilino ofrece acuerdos que conviene negociar con asesoría.

Qué puede pasar

  1. Reparación voluntaria o por acuerdo: lo más habitual es que el inquilino acepte reparar tras la reclamación o tras una conciliación. Un acuerdo formal evita litigios y permite controlar la calidad de la reparación si se pactan proveedores o supervisión.
  1. Acuerdo con compensación económica: el inquilino paga una suma para financiar las reparaciones y entrega la vivienda en buen estado. Esto puede ser preferible si te interesa recuperar la posesión rápida y evitar procedimientos largos.
  1. Juicio y condena: si el caso llega a juicio y demuestras el daño, el juez puede condenar al pago de las reparaciones y costas. Si pierdes la demanda por insuficiencia de prueba (por ejemplo, no haber documentado el estado inicial), podrías no recuperar los costes y además asumir gastos procesales.

Y si ganas, ¿cobras? La sentencia te da derecho, pero el cobro efectivo depende de la solvencia del inquilino y de la existencia de bienes embargables.

Errores que arruinan el caso

  • No levantar acta de entrega al inicio del contrato: dificulta probar que los daños no existían antes.
  • No conservar presupuestos y pruebas fechadas: sin ellas la imputación al inquilino es débil.
  • Hacer reparaciones sin documentar gastos ni solicitar la participación del inquilino: pierde fuerza la reclamación posterior.
  • Destruir pruebas o acordar reparaciones verbales sin documentación: convierte un reclamo claro en disputa de palabra contra palabra.
  • Esperar demasiado tiempo para reclamar: si el daño se prolonga sin exigir reparación, se reduce la fuerza probatoria y la percepción judicial del perjuicio.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes solicitar presupuestos y reclamar por escrito por tu cuenta; en muchos casos la conciliación basta para resolver la reparación. Necesitas abogado cuando el daño es importante, cuando hay discrepancias técnicas que exigen peritajes, o cuando el inquilino ofrece un acuerdo económico. Si no tienes recursos, consulta la posibilidad de patrocinio judicial gratuito en la sede correspondiente.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, la fianza o depósito puede dedicarse a cubrir reparaciones si el daño es imputable al inquilino. Debes documentar el daño y, idealmente, acordar o fijar el uso con el inquilino; si hay disputa, la vía es la conciliación o la demanda.

No. El desgaste ligado al uso normal no es imputable al inquilino. Solo los daños por negligencia, mala conservación o actos dolosos son reclamables.

Un presupuesto firmado por un proveedor con fecha es prueba útil, pero un peritaje técnico tiene mayor peso cuando el daño es importante o técnico.

No es recomendable retener las llaves por tu cuenta sin un acuerdo formal; puede generar conflicto. Lo correcto es documentar y reclamar por la vía adecuada.

Pide que el trabajo se haga con materiales y por proveedores aceptables, o acuerda un pago para que tú elijas al proveedor. Formaliza todo por escrito y conserva facturas.

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