Quiero sacar a mi pareja de la casa
Puedes solicitar que tu pareja deje el domicilio si hay violencia, riesgo o si su permanencia dificulta la seguridad de tu hogar. Lo que decide la respuesta es la titularidad del inmueble, la existencia de riesgos para tu integridad o la de menores y la forma en que viven en el domicilio. Primer paso: documenta hechos violentos y la titularidad del inmueble; luego solicita medidas de protección y, si procede, una orden judicial que ordene su salida.
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¿Tienes razón?
Pedir que tu pareja salga de la casa depende de varios factores: quién figura como propietario o titular del contrato de renta, si hay menores y si existe violencia acreditada. Si el inmueble es de tu propiedad y la otra persona no tiene derechos de posesión reconocidos, tu petición será distinta a la que correspondería si su nombre aparece en escrituras o contrato de renta.
La violencia familiar y el riesgo para la integridad física o emocional de ocupantes del hogar son razones que la autoridad toma en serio para ordenar la salida del agresor. Si hay una resolución judicial previa que adjudica la posesión a una de las partes, esa resolución facilita el trámite. Si no la hay, la autoridad valorará pruebas como partes médicos, testimonios y reportes policiales.
También importa el carácter de la convivencia: convivientes sin vínculo matrimonial o parejas de hecho tienen protecciones en materia familiar y civil, pero la falta de contrato no impide que se ordene la salida del agresor por razones de protección.
Cómo se soluciona
1) Reúne prueba de la violencia y de la titularidad del inmueble. Guarda partes médicos, fotografías de daños, mensajes amenazantes y documentos que acrediten tu derecho sobre la casa (escritura, recibos, contrato de renta o facturas de servicios a tu nombre).
2) Si hay riesgo, acude a la fiscalía. La denuncia por violencia familiar puede activar medidas cautelares que incluyan la separación del agresor del domicilio y órdenes de protección para los menores.
3) Solicita medidas de protección en sede familiar o penal. El juez puede dictar órdenes de alejamiento y ordenar la salida de la persona del domicilio si lo considera necesario para proteger a la víctima.
4) Busca la vía civil si la persona ocupa el inmueble con algún título. Si la otra persona tiene un derecho de posesión (contrato o empadronamiento), será necesario tramitar la expulsión mediante el procedimiento civil correspondiente.
5) Considera solicitar custodia temporal de los menores y garantía de manutención si sales del domicilio. Esto puede incluir la petición de pensiones provisionales mientras se resuelve la cuestión de convivencia.
6) No intentes desalojar por la fuerza. Las acciones por mano propia (cambiar cerraduras, sacar bienes sin orden judicial) pueden volverse en tu contra. Utiliza las vías legales para obtener una orden que la misma autoridad ejecute.
Un abogado especializado en familia o en violencia familiar te ayudará a presentar pruebas y a solicitar las medidas adecuadas según la situación del inmueble y la existencia de riesgo.
Qué puede pasar
1) La persona acepta salir y hay un acuerdo. Muchas situaciones se resuelven con una salida pactada y condiciones sobre la devolución de bienes y visitas si hay menores.
2) Medidas provisionales del juez: la autoridad ordena la salida del agresor y dicta medidas de protección para la víctima y los menores. Esto suele ocurrir cuando hay evidencia clara de violencia o riesgo.
3) Procedimiento civil por desalojo: si la ocupación tiene algún título legal, puede ser necesario iniciar un juicio de posesión o desalojo. El resultado depende de la prueba de la titularidad y del tipo de derecho que ostenta la otra persona.
Si la persona pierde el pleito, la ejecución de la orden puede implicar la intervención de las autoridades para hacer efectivo el desalojo; si gana, podrías quedar sin protección y la vía penal sería la alternativa para abordar la violencia.
Errores que arruinan el caso
- Forzar un desalojo por tu cuenta: cambiar cerraduras o sacar pertenencias te puede exponer a responsabilidades legales.
- No acreditar la titularidad del inmueble ni preservar recibos y facturas: debilita el reclamo sobre la posesión.
- No denunciar episodios de violencia previos: reduce la evidencia que justifica la salida inmediata.
- Permitir que el agresor se lleve pruebas o documentos importantes antes de solicitar medidas: dificulta luego probar la conducta o la situación patrimonial.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si la otra parte acepta irse y puedes documentar la salida, puedes gestionar el acuerdo sin abogado. Necesitas abogado cuando la persona se niega, cuando figura en escrituras o contrato de renta, cuando hay menores implicados o cuando hay riesgo grave; en estos supuestos la asesoría jurídica sirve para pedir medidas de protección y, si procede, iniciar el trámite civil de desalojo. Consulta si calificas para asistencia legal gratuita en tu entidad.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
La policía puede intervenir para atender incidentes y levantar acta, pero la salida definitiva suele requerir una orden judicial. Ante violencia, pide que se levante denuncia y que la autoridad recomiende medidas de protección.
Si su nombre aparece en la escritura o contrato, su permanencia tiene protección legal y puede requerir un procedimiento de posesión o desalojo. Un abogado revisará los documentos y la vía adecuada.
Cambiar cerraduras sin orden judicial puede generar problemas si la otra parte reclama posesión. Es preferible obtener una orden que legitime la exclusión del conviviente si existe conflicto.
Sin violencia acreditada, la autoridad suele exigir un procedimiento civil para resolver la posesión. Aun así, puedes iniciar la vía familiar o civil para reclamar la salida.
Sí. Si conviven menores, puedes solicitar pensión provisional para cubrir sus necesidades mientras se resuelve la situación de guarda y residencia.
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