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No me pasan la pensión alimentaria de mis hijos

Si el otro progenitor no entrega la pensión fijada, puedes exigir el pago y activar mecanismos de ejecución. Lo importante es documentar el incumplimiento y presentar la reclamación ante el juzgado que emitió la resolución. Primer paso: reúne los recibos, comunicaciones y cualquier prueba de impago y solicita ejecución judicial o medidas de apremio según lo que el juzgado permita.

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¿Tienes razón?

No recibir la pensión fijada constituye incumplimiento de una obligación jurídica. El éxito de tu reclamación depende de:

  • La existencia de un título que ordene la pensión (sentencia, convenio homologado, convenio presentado ante autoridad). Sin título, reclamar formalmente es más complejo.
  • La prueba del impago: fechas, montos y faltas concretas. Guarda pruebas de lo que no recibiste y de cualquier promesa o explicación del obligado.
  • La localización del obligado y su capacidad de pago; si está en empleo formal, la vía de descuento por nómina es eficaz.

Si tienes el título y pruebas del incumplimiento, el juzgado puede ordenar medidas de ejecución y sanciones.

Cómo se soluciona

  1. Reúne toda la documentación.
  • Resolución judicial o convenio que fija la pensión.
  • Comprobantes de pago anteriores y pruebas de las fechas en las que no se pagó: mensajes, transferencias fallidas, correos, extractos bancarios donde falta el abono.
  • Cualquier comunicación en la que el obligado reconozca o justifique el impago.
  1. Envío de requerimiento de pago.
  • Envía un requerimiento por escrito con acuse de recibo o por notificación notarial solicitando el pago de las cantidades adeudadas y proponiendo un plan de regularización. Conserva la prueba del envío.
  1. Solicita la ejecución judicial ante el juzgado que dictó la resolución.
  • Presenta la demanda de ejecución o el escrito de cumplimiento forzoso y acompaña la prueba del impago. El juez puede ordenar embargos de bienes, cuentas bancarias o descuentos vía nómina.
  1. Pide medidas cautelares o de apremio si procede.
  • Si hay riesgo de ocultamiento de bienes o de fuga de recursos, solicita medidas para asegurar bienes mientras se tramita la ejecución.
  1. Si el obligado está en el extranjero o no se localiza, pide medidas de localización y, si es necesario, cooperación internacional de ser aplicable.
  1. Si existe violencia o riesgo para los menores, informa al juez y pide medidas de protección adicionales.

Puedes enviar el requerimiento por tu cuenta; las gestiones de ejecución y las solicitudes de embargo suelen requerir intervención de abogado para formularlas correctamente y seguir los procedimientos del juzgado.

Qué puede pasar

1) Se arregla con pago voluntario tras requerimiento. A veces una carta formal o notificación notarial basta para que el obligado regularice los pagos. Formaliza cualquier acuerdo por escrito.

2) Conciliación o acuerdo judicial de pago. Se puede pactar un plan de pagos para regularizar adeudos y fijar medidas de cumplimiento futuro. Si el acuerdo se homologa, tiene fuerza ejecutiva.

3) Ejecución judicial. El juzgado puede ordenar embargos de cuentas o bienes, descuentos directos de nómina o sanciones por incumplimiento según lo que proceda. Si el obligado no tiene bienes ni ingresos localizables, la ejecución puede ser improductiva en el corto plazo.

Si ganas la ejecución, transfieres el cumplimiento a mecanismos como el descuento salarial; si pierdes o no encuentras bienes, la sentencia quedará como título ejecutivo que podrá activarse si aparecen bienes en el futuro.

Errores que arruinan el caso

  • No guardar constancia del impago: sin pruebas, el juzgado tiene menos elementos para ordenar ejecución.
  • Aceptar promesas verbales de pago sin documento que obligue al obligado.
  • No pedir medidas de apremio cuando hay riesgo de ocultamiento de bienes.
  • Intentar presionar al obligado fuera de la vía judicial: amenazas o confrontaciones pueden perjudicar el caso.
  • No actualizar datos de localización del obligado: los oficios judiciales requieren direcciones o datos que permitan la ejecución.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes enviar el primer requerimiento de pago por tu cuenta y reunir la prueba del impago. Necesitas abogado para presentar la ejecución ante el juzgado, solicitar embargos, descuentos vía nómina y medidas cautelares complejas. Si no tienes recursos, busca asistencia jurídica gratuita en tu estado: muchas defensorías o institutos municipales de la mujer y de la infancia ayudan en reclamaciones alimentarias.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Registra la comunicación y solicita un plan de pago por escrito. Si incumple, presenta la ejecución ante el juzgado con la prueba de los impagos. No basta la promesa verbal; formaliza todo para que el tribunal pueda ordenar medidas de cumplimiento.

Sí, si el juzgado localiza al patrón y hay título que ordene la pensión, puede ordenar el descuento de nómina para garantizar pagos periódicos. Es una de las vías más efectivas cuando el obligado tiene empleo formal.

Las cantidades vencidas son exigibles y pueden reclamarse mediante ejecución. La forma y alcance dependen del título y de la prueba del adeudo. Si alcanzas un acuerdo de pago, conviene homologarlo para que sea ejecutable en caso de incumplimiento.

En algunos casos, el incumplimiento alimentario puede tener consecuencias penales si se dan requisitos específicos. Consulta con un abogado: muchas situaciones se resuelven por la vía civil de ejecución, pero hay supuestos que la ley penal contempla cuando hay contumacia o dolo en la omisión.

Busca la oficina de asistencia jurídica gratuita del juzgado familiar, el instituto municipal o estatal de la mujer o de la infancia, o los colegios de abogados que ofrecen servicios pro bono. A menudo pueden tramitar ejecuciones y asesorarte sin costo o a bajo costo.

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