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No me devuelven el aval bancario tras finalizar el alquiler

Si el contrato terminó y el aval bancario no se libera, su derecho depende del contenido del contrato, de la comunicación formal solicitando la cancelación y de si quedan obligaciones pendientes. Primer paso: reúna el contrato del aval, la póliza del banco y las comunicaciones que demuestren la terminación; con eso podrá exigir la cancelación ante el banco y, si hace falta, reclamar judicialmente.

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¿Tienes razón?

Tener razón en reclamar la devolución o liberación del aval bancario depende de tres cosas: lo que diga el contrato de arrendamiento y la garantía, las pruebas de que entregó el inmueble y cumplió con las obligaciones, y las condiciones de la póliza que emitió el banco. Si la garantía cubre únicamente obligaciones del arrendatario durante la vigencia del contrato, y usted tiene constancia de que la relación terminó y no hay adeudos, su posición es fuerte. Si la póliza tiene plazos, renovaciones automáticas o requisitos específicos para su cancelación, habrá que comprobar que se cumplieron.

Otra cuestión clave es el destinatario de la exigencia: el banco que emitió el aval suele requerir un documento del arrendador que solicite la liberación. Si el arrendador se niega a firmar, necesitará demostrar ante el banco o ante un juez que no existen adeudos.

Cómo se soluciona

1) Reúna la documentación. Busque el contrato de arrendamiento, el contrato de apertura de la garantía con el banco, cualquier carta o correo donde el arrendador acepte la entrega del inmueble, recibos que prueben pagos, y fotografías del estado en la entrega. Si existió un inventario o acta de entrega, consérvela.

2) Solicite por escrito la cancelación ante el banco y pida al arrendador que firme la liberación. Envíe las solicitudes con acuse y guárdelos. Si el banco responde que necesita la conformidad del arrendador, solicite por escrito la razón.

3) Intente conciliación. Una gestión de conciliación ante la instancia competente o un acuerdo privado que documente la entrega y la ausencia de adeudos suele ser suficiente para que el banco haga la liberación.

4) Si hay negativa, valore acción judicial. Puede exigir que se reconozca la terminación del contrato y se ordene al banco cancelar la garantía, o demandar directamente al arrendador por la retención indebida. En algunos casos el juez ordena medidas cautelares para que la garantía se haga efectiva si hay riesgo de fraude.

5) Separe lo que hace usted y lo que necesita profesional. La primera solicitud la puede hacer usted. Si el banco o el arrendador se niegan o si la póliza es compleja, un abogado le ayuda a forzar la liberación y, si procede, demandar por daños.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta. Frecuentemente la presentación de la documentación y una carta formal hacen que el banco o el arrendador tramiten la liberación. Un acuerdo firmado es la solución más rápida.

2) Conciliación o acuerdo. En una conciliación pueden acordar que el arrendador firme la liberación a cambio de condiciones pactadas, por ejemplo comprobar la reparación de daños. Un acuerdo suele evitar un litigio costoso.

3) Juicio. Si no hay acuerdo, la vía judicial permite obligar al arrendador a declarar que no existen adeudos y a instar al banco a cancelar la garantía. Si pierde, puede afrontar costas procesales; si gana, la sentencia facilita la liberación, pero su ejecución puede depender de la voluntad del banco y de la capacidad del arrendador.

Y si gana, ¿cobra? En la mayoría de casos la liberación del aval no implica un cobro monetario, sino la eliminación de la obligación del garante. Si reclama cantidades retenidas indebidamente, la sentencia puede ordenar el pago, pero la efectividad depende de los bienes del demandado.

Errores que arruinan el caso

  • No conservar la póliza del aval y el contrato con el banco. Sin la documentación, demostrar la obligación es difícil.
  • No obtener constancia de entrega del inmueble. Sin recibo o acta, el arrendador puede alegar que aún hay adeudos.
  • Firmar documentos que reconocen deudas para obtener la liberación. Aceptar admitir responsabilidad sin revisar las condiciones puede bloquear reclamaciones posteriores.
  • Confiar en llamadas telefónicas sin prueba escrita. Guarde todo por escrito.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puede solicitar la liberación usted mismo y reunir la documentación. Necesitará abogado si el banco exige la conformidad del arrendador y este se niega, si la póliza es compleja o si le ofrecen firmar algo que reconoce adeudos. También conviene abogado cuando le propongan un acuerdo económico: ese es el momento en que una valoración profesional suele rentabilizarse. Verifique si califica para asesoría gratuita en su localidad.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

No en forma absoluta. El banco suele exigir la conformidad del beneficiario o documentos que prueben la terminación. Pida por escrito la razón y los requisitos; si la respuesta es vaga, con la documentación correcta puede forzar la liberación o reclamar judicialmente.

Sí. Puede reclamar al arrendador por retener la firma de liberación o por no reconocer la entrega. En la práctica hay que actuar contra quien obstaculiza la cancelación, a veces el banco y a veces el arrendador.

Sí. Recibos, transferencias y comprobantes son pruebas fundamentales para demostrar que no hay adeudos y respaldar la petición de liberación del aval.

Depende de la redacción de la póliza. Si la garantía está ligada a obligaciones concretas, hay que demostrar que esas obligaciones se cumplieron o que expiraron al terminar el contrato. Un abogado revisará la póliza para determinar la estrategia.

Es posible solicitar medidas para proteger sus intereses si existe riesgo de disposición indebida, pero la procedencia depende de la situación y requiere valoración técnica por un abogado.

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