legaltica

Mi expareja no paga la pensión de alimentos

Sí puede reclamar la pensión no pagada: la pensión alimentaria es una obligación legal y existen mecanismos para exigir su cumplimiento. Lo que determina la viabilidad son las pruebas del monto y la obligación, la situación laboral del obligado y si existe mecanismo de pago ordenado por juez. Primer paso: reúna comprobantes de la obligación y de los incumplimientos y pida al juzgado la ejecución o la intervención laboral si procediera.

27 abogados de menores disponibles para este caso
Consulta gratis con un abogado

¿No tienes claro tu caso de menores?

Cuéntanoslo y te lo analizamos gratis en un minuto: qué opciones tienes, qué urge y qué contarle al abogado.

Analizar mi caso gratis Sin compromiso · Gratis

Abogados especializados en este caso

Lorenzo Abogados Law Firm — Ecatepec de Morelos
★ 5,0 (15) Menores LORENZO ABOGADOS LAW FIRM S.A.S. es un despacho con sede en la colonia Jardines de Morelos, Ecatepec de Morelos (Lagos de Chapultepec 64). El … Ecatepec de Morelos
Cerrado ahora
Preciado & Lara Corporativo de Abogados — Guadalajara
★ 5,0 (256) Menores Preciado & Lara Corporativo de Abogados, con sede en Col. Ladrón de Guevara (Av. Miguel Hidalgo y Costilla 1731) en Guadalajara, ofrece servicios jurídicos … Guadalajara
Cerrado ahora
Nogara & Asociados — Ciudad de México
★ 5,0 (52) Menores En la colonia Letrán Valle de Ciudad de México atiende Nogara & Asociados, despacho que brinda asesoría y representación en derecho administrativo, civil, familiar, … Ciudad de México
Cerrado ahora
Rosas y Asociados Abogados — Guadalajara
★ 5,0 (46) Menores Rosas & Asociados (Rosas Abogados, Consultoría y Justicia Alternativa S.C.) es un despacho con sede en Colomos Providencia, Guadalajara (C. Barranquilla 2923) que combina … Guadalajara
Cerrado ahora
Hernández y Asociados — Guaymas
★ 5,0 (21) Menores Hernández y Asociados es un despacho con sede en la colonia Centro de Guaymas, Sonora. Con más de 20 años de experiencia, atiende de … Guaymas
Cerrado ahora
Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V. — Xalapa-Enríquez
★ 5,0 (7) Menores Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V. es una firma legal con sede en la colonia Modelo de Xalapa (C. Cándido Aguilar 73) especializada … Xalapa-Enríquez
Cerrado ahora
IUS LEGAL ABOGADOS — Toluca de Lerdo
★ 5,0 (1) Menores IUS LEGAL ABOGADOS ofrece asesoría jurídica especializada en materia Civil, Familiar y Amparo en la zona de Ocho Cedros, Toluca de Lerdo. La firma … Toluca de Lerdo
Cerrado ahora
Consultoria Jurídica — Nuevo Laredo
★ 4,8 (5) Menores Brindamos asesoría y representación legal en asuntos familiares, civiles, mercantiles, administrativos y amparo. Atiende de lunes a viernes de 9:00 a 17:00; sus clientes … Nuevo Laredo
Cerrado ahora
Advocatus Nayarit — Tepic
★ 4,0 (1) Menores Advocatus Nayarit (marca visible como Abogados Nayarit) es un despacho con sede en Av. Universidad 134 Int. 2, Col. Ciudad del Valle, Tepic, Nayarit … Tepic
Cerrado ahora
CONJURA Firma Legal — San Bernardino Tlaxcalancingo
Menores CONJURA Firma Legal (Consultoría Jurídica y Arbitraje A.J.A.) opera desde Torre Natyvo, Blvd. de los Reyes 6431, piso 8 oficina 806, San Bernardino Tlaxcalancingo, … San Andrés Cholula
Cerrado ahora
DESPACHO RESENDIZ Y ASOCIADOS ABOGADOS — Mazatlán
Menores José Alfonso Reséndiz Memije es abogado litigante con más de dos décadas de experiencia profesional, especializado en la solución estratégica de controversias jurídicas y … Mazatlán
Cerrado ahora
Cibeles Abogados, S.C. — Ciudad de México
★ 5,0 (20) Menores Cibeles Abogados, S.C. es un despacho de abogados de familia con sede en San José Insurgentes, Ciudad de México (José María Velasco 110). Su … Ciudad de México
Cerrado ahora
lex G&L abogados penalistas y otros — Ciudad de México
★ 5,0 (23) Menores Lex G&L Abogados es un despacho con sede en la colonia San Nicolás Tolentino (Alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México) que combina práctica penal con … Ciudad de México
Cerrado ahora
DESPACHO JURÍDICO PACHECO MORALES Y ASOCIADOS — Reynosa
★ 5,0 (8) Menores En asuntos de divorcio y separaciones, derecho de menores, migratorio y civil, DESPACHO JURÍDICO PACHECO MORALES Y ASOCIADOS atiende asuntos como divorcio y sus … Reynosa
Cerrado ahora
Rojas Martínez - Abogados — Tuxtla Gutiérrez
★ 4,5 (2) Menores Rojas Martínez — despacho representado por el abogado Humberto Alejandro Rojas Martínez — ofrece en Tuxtla Gutiérrez asesoría y representación jurídica en defensa penal, … Tuxtla Gutiérrez
Aún no tenemos su horario
J&R Despacho Juridico — San Luis Río Colorado
★ 5,0 (1) Menores Atiende consultas presenciales de lunes a viernes de 9:00 a 19:00; ofrece atención en la colonia Jalisco de San Luis Río Colorado, Sonora. J&R … San Luis Río Colorado
Cerrado ahora
Divorcios Lic.Arellano — Monterrey
★ 5,0 (0) Menores Colonia Centro, Monterrey, N.L.: aquí atiende la abogada Divorcios Lic.Arellano, especializada en asuntos familiares. Ofrece gestión de divorcios y separaciones, liquidación de bienes, pensión … Monterrey
Cerrado ahora
Antaj Despacho Jurídico — Tijuana
★ 5,0 (0) Menores Antaj Despacho Jurídico es un despacho con sede en Fraccionamiento Sandoval, Tijuana (Callejón Benito Juárez 376-4) que presta asesoría legal tanto a empresas como … Tijuana
Cerrado ahora

¿Tienes razón?

Para que su reclamación prospere importan tres cosas: que exista una obligación establecida (convenio aprobado por juez o sentencia), que pueda probar los impagos y que exista capacidad de pago del obligado o bienes o ingreso sujetables a medidas de ejecución. Si no hay una sentencia, puede solicitarse el pago mediante demanda de alimentos; si ya existe una sentencia, la vía es la ejecución. También cuenta si hay descuentos vía nómina o acuerdos de mutuo convenio: los descuentos retenidos por un empleador facilitan el cobro.

En la práctica, la diferencia entre cobrar o no a menudo depende de si la persona trabaja en relación de dependencia (hay nómina que se puede embargar) o si tiene ingresos informales, bienes o está en el extranjero. Si está en el extranjero, hay mecanismos de cooperación internacional y embargos de bienes en México, pero requieren trámites adicionales y, a veces, actuación de consulados o autoridades del otro país.

Cómo se soluciona

  1. Reúna la prueba de la obligación y los impagos: copia de convenio, sentencia o acta; recibos de pago anteriores; estados de cuenta o transferencias; y cualquier comunicación donde el obligado reconoce deuda. Anote fechas y montos.
  2. Presente solicitud de ejecución de la sentencia o demanda de cumplimiento ante el juzgado que dictó la resolución. Si no existe resolución, presente demanda de alimentos acompañando prueba de necesidad del menor y de la capacidad del obligado.
  3. Solicite medidas de apremio y embargo: el juzgado puede ordenar retenciones de salario, embargo de bienes o apercibimientos. Para esto necesita datos: RFC, empleo conocido, cuentas bancarias o bienes a embargar.
  4. Si el obligado está dado de alta en una empresa, solicite al juzgado el oficio al empleador para retener parte del salario. Si está en el sector público, pida oficio a la instancia correspondiente.
  5. Si el obligado está en el extranjero, informe al juzgado para valorar cooperación internacional o la localización de bienes; aporte datos del lugar de residencia.
  6. Si la falta de pago es recurrente, solicite medidas de ejecución periódica y control judicial para evitar que el deudor se resista con maniobras.

Qué puede hacer usted solo: recopilar la documentación, presentar la queja en el juzgado familiar y solicitar medidas precautorias. Si el expediente ya existe, pedir ejecución es una acción que puede iniciarse con el formulario judicial correspondiente.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta o acuerdo de pago: muchas veces se acuerda un plan de pagos voluntario que se homologa en el juzgado; es rápido y evita costas.

2) Conciliación o convenio judicial: el juzgado puede mediar y fijar un mecanismo de pago (descuento por nómina, depósito en cuenta) que facilita el cumplimiento. Un acuerdo firmado y aprobado tiene fuerza ejecutiva.

3) Juicio de ejecución: si no hay acuerdo, el juzgado puede iniciar embargos, retenciones salariales, e imponer sanciones. Si el deudor demuestra insolvencia real, la ejecución sobre bienes podrá no cubrir todo lo adeudado. Si pierde la ejecución y no paga, pueden aplicarse medidas de apremio previstas en la ley.

Y si gana, ¿cobra? Cobrar una sentencia depende de la existencia de bienes o ingresos del obligado. Una sentencia le da el derecho probado, pero no siempre el pago inmediato: si el deudor es insolvente, la sentencia es un título ejecutivo que le permite buscar bienes para cubrirla, pero la eficacia práctica varía.

Errores que arruinan el caso

  • No aportar prueba de pagos o impagos: sin recibos o transferencias, la cuantificación se complica.
  • No actualizar datos del obligado: sin empleador o domicilio, embargar es más difícil.
  • Firmar un acuerdo verbal sin documentos: luego será difícil exigir cumplimiento.
  • Ignorar ofertas de convenio cuando el deudor ofrece pago realizable: un acuerdo razonable puede ser mejor que una sentencia larga e incierta.
  • No informar al juzgado si cambia la situación del obligado (empleo, residencia): impide medidas efectivas.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puede empezar usted reuniendo pruebas y presentando la solicitud de ejecución o la demanda de alimentos. Necesitará un abogado cuando haya que localizar bienes complejos, coordinar embargos a empleadores o iniciar mecanismos en el extranjero. Si le ofrecen un acuerdo de pago, un abogado le ayudará a convertirlo en título ejecutivo. Si no puede pagar, averigüe si califica para defensoría pública o servicios de asistencia en su estado.

Casos relacionados

Otros problemas frecuentes en menores

Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, puede reclamar pensiones vencidas si demuestra la obligación y los importes adeudados. El juzgado cuantificará lo que corresponde con base en el título ejecutivo o en la prueba aportada; la efectividad del cobro dependerá de los bienes e ingresos del deudor.

En algunos casos la omisión grave de alimentos puede constituir un delito. La vía penal no sustituye la exigencia civil de pago, pero puede coadyuvar si existe voluntad persistente de incumplir y se reúnen los elementos del tipo penal. Consulte a la fiscalía local.

Sí, si el juzgado lo ordena puede mandarse oficio al empleador para retener una parte del salario. Para ello debe acreditarse el empleo y tramitar la ejecución correspondiente ante el juzgado.

Si no tiene ingresos formales, la ejecución sobre salario no funcionará; el juzgado puede buscar bienes o proponer medidas alternativas, pero la eficacia práctica dependerá de la existencia de activos o ingresos de cualquier tipo.

No conviene: cualquier modificación debe constar en escrito y, preferentemente, en convenio homologado por juez. Los mensajes sirven como indicio, pero no sustituyen una resolución judicial o un convenio formal.

¿Necesitas resolver este problema legal?

Te conectamos con los mejores abogados especializados. Consulta gratuita y sin compromiso.

Ver abogados