El banco nos bloqueó la cuenta por SARLAFT
Los bancos pueden suspender operaciones por medidas internas de prevención de lavado (SARLAFT), pero deben notificar y aplicar criterios no discriminatorios. Lo primero es pedir por escrito la razón del bloqueo y entregar la documentación que acredite la actividad lícita y la identidad de beneficiarios. Si la respuesta es insuficiente, procede una queja ante la CONDUSEF y, en última instancia, acciones judiciales contra el banco.
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¿Tienes razón?
La legitimidad del bloqueo se valora con base en tres elementos: el contrato bancario, la normativa de prevención de lavado y la proporcionalidad de la medida. Los bancos en México aplican políticas SARLAFT para identificar operaciones inusuales. Si la entidad actuó conforme a su contrato y a sus políticas razonables, el bloqueo puede estar dentro de su potestad. Pero el banco debe actuar con proporcionalidad y fundamentar el bloqueo; no puede suspender indefinidamente sin motivo. Además, las asociaciones sin fines de lucro tienen particularidades: su modelo de ingresos puede incluir donativos internacionales o transferencias líquidas que activan alertas; eso no prueba ilícito por sí mismo.
Si el banco bloqueó la cuenta sin notificar motivo o sin solicitar documentación previa, tu posición mejora. Si, en cambio, hubo movimientos claramente atípicos y no hay documentación que los explique, el banco puede justificar la medida.
Cómo se soluciona
1) Solicita la motivación y el alcance del bloqueo por escrito. Pide que te detallen qué operaciones fueron detectadas y qué documentación requieren. Conserva el acuse o la comunicación oficial.
2) Reúne documentación que explique la actividad: estatutos, actas de nombramiento de la mesa directiva, comprobantes de inscripción fiscal, cartas de donantes, contratos de proyectos y comprobantes de las transferencias cuestionadas. Adjunta informes de actividades y comprobantes de destino de fondos.
3) Presenta la documentación al banco y solicita la liberación o, en su caso, la apertura de cuenta restringida para operaciones básicas. Exige constancia de recepción y plazos de respuesta por escrito.
4) Si el banco no responde o mantiene el bloqueo sin justificación, presenta queja ante la CONDUSEF. La CONDUSEF puede mediar y obtener información del banco; conserva todos los documentos y comunicaciones.
5) Si la mediación falla, valora acciones judiciales. Un juez puede ordenar al banco permitir operaciones necesarias o reparar daños por bloqueo injustificado. Para esto es importante tener la documentación que demuestra la licitud de las operaciones.
Qué puedes hacer sin abogado: pedir la motivación por escrito, reunir y entregar documentación, y presentar la queja ante CONDUSEF. Necesitas abogado si hay daños significativos, negación persistente o necesidad de medidas judiciales urgentes para pagar obligaciones de la asociación.
Qué puede pasar
1) Se arregla con el banco: lo habitual es que, tras presentar documentación y aclaraciones, el banco libere la cuenta o modifique condiciones. La mediación suele dar resultados más rápidos.
2) Acuerdo o condiciones probatorias: el banco puede liberar parcialmente la cuenta a cambio de controles adicionales como firmas autorizadas, límites de operación o reportes periódicos. A veces estos acuerdos son útiles para mantener operativa la entidad.
3) Litigio: si la entidad demuestra que el banco actuó sin fundamento o incumplió obligaciones contractuales, puede obtener reparación y la liberación judicial de la cuenta. Si la demanda no acredita licitud, el juez puede confirmar el bloqueo. Además, dependiendo de la conducta bancaria, podría reclamarse por daños y perjuicios en otra vía.
Si ganas, ¿cobras? La tutela judicial puede ordenar la restitución de operaciones o una reparación por daños, pero dependerá de la prueba de perjuicio económico y del nexo causal con el bloqueo.
Errores que arruinan el caso
- No conservar el contrato de la cuenta y los estados bancarios.
- No documentar el origen y destino de donativos y transferencias internacionales.
- Proveer información incompleta al banco o hacerlo de forma desordenada.
- Cambiar de banco sin intentar dar explicación y mediación: puede interpretarse como ocultamiento.
- No presentar la queja ante la CONDUSEF cuando el banco no responde.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes gestionar inicialmente la aclaración con el banco y presentar queja ante la CONDUSEF sin abogado. Necesitarás abogado si hay rechazo persistente, si el bloqueo causa incumplimiento de obligaciones relevantes o si requieres medidas judiciales para que se libere la cuenta. Un abogado puede preparar la evidencia y solicitar medidas cautelares.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No debe retener indefinidamente sin fundamento. El banco tiene políticas internas, pero debe motivar y dar oportunidad de aclarar. Si no lo hace, procede la queja ante CONDUSEF y, eventualmente, acciones judiciales.
No siempre, pero es recomendable conservar comprobantes de donativos y contratos de financiamiento. La trazabilidad reduce alertas y facilita explicar el origen de fondos frente al banco.
Sí. Actas que acrediten el objetivo del proyecto, convenios con donantes y comprobantes de ejecución ayudan a demostrar la licitud y la finalidad de los movimientos.
Puedes intentar abrirla, pero si el origen de movimientos genera alertas, el nuevo banco podría plantear las mismas dudas. Es mejor documentar y explicar la actividad antes de mover fondos.
La CONDUSEF medía y busca acuerdo; puede obtener resultados en mediación. Si la mediación falla, las vías judiciales son la alternativa para ordenar la liberación y, eventualmente, reclamar daños.
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