Me acusan por delito aduanero y subvaluación
Una acusación por subvaluación aduanera no es automática ni idéntica a una falta administrativa. Lo que importa es si hubo intención de defraudar a la administración aduanera o al SRI y la evidencia documental que demuestre la valoración real de la mercancía. Primer paso: preserve facturas, contratos de compraventa, conocimientos de embarque y comunicaciones con proveedores y agentes de aduana.
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¿Tienes razón?
Tres factores determinan la solidez de una acusación por subvaluación: la diferencia entre el valor declarado y el valor real de la mercancía; la intención de ocultar o manipular ese valor; y la procedencia de las pruebas que documentan la valoración.
La subvaluación puede aparecer como infracción administrativa o como delito aduanero. Para que prospere la vía penal debe existir el ánimo de defraudar las obligaciones tributarias o arancelarias y la conducta debe tener la gravedad que exige la ley. No toda declaración errónea o valoración debatible constituye delito; hay prácticas comerciales válidas —descuentos, acuerdos de compraventa con cláusulas, venta en consignación— que explican diferencias de valor. Además, los agentes de aduana y los peritos técnicos suelen revaluar partidas según clasificaciones arancelarias y precios de mercado.
La prueba técnica es decisiva: facturas de proveedores, contratos de compraventa, costos de transporte, seguros, correspondencia comercial con proveedores, y los conocimientos de embarque son los documentos que prueban el valor real. Si la mercancía se compró por un precio y existe factura respaldatoria, esa factura es la mejor defensa. En cambio, facturas apócrifas, manipulación de documentos o la intervención de intermediarios sin sustento documental hacen la acusación más fuerte.
Su responsabilidad depende también de su rol: importadores formales, agentes de aduana y funcionarios con facultades de declarar valores pueden tener responsabilidades distintas. Si usted actuó por cuenta de un tercero y su labor fue simplemente cumplimentaria, su posición defensiva será diferente.
Cómo se soluciona
1) Reúna la documentación de la operación: factura comercial, packing list, conocimiento de embarque, póliza de seguro, contratos con proveedores, prueba de pagos y comunicaciones comerciales que demuestren el precio pactado. Haga copias y preserve originales.
2) Solicite un informe del agente de aduana que tramitó la importación y pida sus registros. Si hubo instrucciones por escrito sobre cómo declarar el valor, solicite copias.
3) Consiga peritajes o avalúos independientes para la mercancía en cuestión. Un informe técnico que demuestre que el precio es congruente con el mercado es clave para desvirtuar la subvaluación.
4) Responda a notificaciones administrativas o fiscales por escrito, aportando la documentación y los peritajes. Conserve constancia de las presentaciones y acuses.
5) Si la actuación avanza hacia la vía penal, busque defensa especializada en delitos económicos y aduaneros. El abogado podrá impugnar pruebas, solicitar nulidades y negociar con la Fiscalía o las autoridades aduaneras medidas alternativas.
6) Valore la negociación administrativa. A veces conviene resolver la disputa en la vía administrativa pagando ajustes o multas para evitar la vía penal, especialmente si no hay indicios claros de dolo.
Qué puede hacer usted hoy sin abogado: recopilar y guardar todos los documentos de la operación y pedir a su agente de aduana copias de las declaraciones y anexos. No destruya documentos ni intente rehacer facturas.
Qué puede pasar
1) Corrección administrativa y pago de ajustes. Si la diferencia tiene explicación técnica o documental, la autoridad puede ajustar la liquidación y cobrar tributos y multas administrativamente sin iniciar una causa penal.
2) Acuerdos o medidas alternativas. Si hay indicios de irregularidad técnica más que dolo, es posible una salida negociada con sanciones económicas administrativas que eviten la vía penal.
3) Investigación penal y juicio. Si la Fiscalía detecta indicios de subvaluación con ánimo de defraudar, puede iniciarse una investigación penal. En juicio se realizarán peritajes y se valorarán la intención y la prueba. Si se le condena, hay penas penales y responsabilidad civil. Además, la eventual ejecución de una sentencia depende del patrimonio del responsable.
Si gana, ¿cobra? Que una sentencia lo absuelva no asegura la recuperación de perjuicios ni la eliminación de todas las consecuencias administrativas; algunas sanciones pueden quedar vigentes si se resolvieron en procedimientos paralelos.
Errores que arruinan el caso
- Destruir o falsificar facturas y documentos de embarque.
- No conservar copia de contratos y comunicaciones con proveedores.
- No solicitar peritajes técnicos cuando la mercancía tiene valor especial.
- Intentar modificar documentación después de notificaciones oficiales.
- No coordinar defensa entre la vía administrativa y la penal, lo que puede llevar a perder oportunidades de resolver el conflicto de forma más favorable.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si se trata de una discrepancia técnica y la autoridad propone ajustes, puede resolverlo con un asesor contable y trámite administrativo. Necesita abogado penal cuando la Fiscalía inicia una investigación, cuando hay evidencia de facturas apócrifas o cuando la otra parte propone un acuerdo económico. Si no tiene recursos, consulte la Defensoría Pública para valoración.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No. Puede ser una infracción administrativa si no hay intención de defraudar. La vía penal se abre cuando hay indicios de dolo y la conducta reúne la gravedad que exige la ley.
Sí; la factura comercial, junto con el conocimiento de embarque y prueba de pago, es la mejor evidencia del valor real si es auténtica y coincidente con la operación.
Sí. Una actuación administrativa puede coexistir con una investigación penal. Es importante coordinar la defensa en ambas vías.
Un peritaje técnico no garantiza la absolución, pero es una pieza clave para demostrar que la valoración declarada se ajusta al mercado y para desvirtuar la acusación de dolo.
El agente de aduana declara el valor y clasifica la mercancía; su documentación y sus instrucciones son prueba relevante para determinar responsabilidades.
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