legaltica

Reclamar alimentos para nietos cuando los padres no pagan

Los abuelos pueden ser llamados a responder por alimentos de sus nietos solo si se demuestra que los padres están incapacitados, ausentes o insolventes y que los abuelos tienen capacidad económica suficiente. Antes de iniciar un proceso, recopile prueba de la situación de los padres, del estado de necesidad de los nietos y de su propia capacidad para contribuir. Consulte para valorar la vía más adecuada: conciliación familiar o demanda judicial.

11 abogados de pensión de alimentos disponibles para este caso
Consulta gratis con un abogado

¿Necesitas abogados de pensión de alimentos?

Compara abogados especializados y elige con calma. Análisis de tu caso gratuito.

Ver abogados Sin compromiso · Gratis

Abogados especializados en este caso

Divorcios Ecuador — Guayaquil
★ 4,6 (11) Pensión de alimentos Divorcios Ecuador, con sede en Guayaquil, es un despacho especializado exclusivamente en divorcios y Derecho de Familia. Ofrecen asesoría presencial y online (WhatsApp, Zoom, … Guayaquil
Cerrado ahora
H&M Abogados Asociados, Asesoría Legal / Abogados sur de Quito — Quito
★ 4,8 (11) Pensión de alimentos H&M Abogados Asociados, liderado por el Ab. Diego Haro y localizado frente al Complejo Judicial Sur (Quitumbe, Quito), ofrece asesoría y patrocinio en materias … Quito
Cerrado ahora
Abogados en Cuenca SB — Cuenca
★ 4,5 (16) Pensión de alimentos Abogados en Cuenca (oficina en Avenida Isabel la Católica y Francisco de Orellana, Cuenca) concentra su práctica en derecho de familia, civil, penal y … Cuenca
Cerrado ahora
Lexaval Abogados — Quito
★ 5,0 (1) Pensión de alimentos Lexaval Abogados (Quito) se especializa en Derecho de Familia, con foco práctico en divorcios, tenencia, régimen de visitas y juicios de alimentos. Desde su … Quito
Cerrado ahora
M&M Abogados Asesoria Legal — Loja
★ 5,0 (2) Pensión de alimentos M&M Abogados ASESORÍA LEGAL combina un equipo de profesionales (Dr. César H. Morocho, Abg. Darío Merino, Abg. Hugo Chillogallo y Abg. José Luis Morocho) … Loja
Cerrado ahora
SANCHEZ & ASOCIADOS — Quito
★ 5,0 (1) Pensión de alimentos Sánchez & Asociados es un despacho con sede en Quito especializado en derecho policial y militar, con práctica también en derecho penal, laboral, civil … Quito
Consultar horario
Cig&Asociados — Salinas
★ 5,0 (1) Pensión de alimentos CIG & Abogados (CIG&Asociados) es un estudio jurídico con sede en Salinas que combina asesoría societaria y corporativa con práctica en derecho de familia … Salinas
Cerrado ahora
MARIANA MACÍAS QUIROZ ABOGADA, Asesoría Legal, Juicios de Alimentos, Civiles, Divorcios, Abogados en Quito, Trámites — Quito
★ 5,0 (6) Pensión de alimentos Mariana Macías Quiroz es abogada en Quito especializada en asuntos de derecho de familia y derecho civil. Atiende juicios de alimentos, procesos de divorcio … Quito
Cerrado ahora
Abogado Estrella y Asociados — Guayaquil
Pensión de alimentos Abogado Estrella y Asociados, con sede en Guayaquil, ofrece asesoría y litigio en Divorcios, Derecho Mercantil y Societario, Derecho Laboral, Derecho Constitucional y servicios … Guayaquil
Abierto ahora
Consultorio Jurídico Gratuito CCPD-SD — Santo Domingo
★ 5,0 (0) Pensión de alimentos El Consultorio Jurídico Gratuito CCPD‑SD es la unidad jurídica del Consejo Cantonal para la Protección de Derechos de Santo Domingo que, desde su resolución … Santo Domingo
Cerrado ahora

¿Tienes razón?

En Ecuador, la obligación primaria de alimentar recae sobre los padres; los abuelos son deudores subsidiarios: solo se exige su contribución si los progenitores no pueden cumplir. Tres circunstancias determinan si usted, como abuelo, puede reclamar o será obligado a pagar: 1) la falta de cumplimiento o imposibilidad de los padres para brindar alimentos (por abandono, incapacidad, ausencia o insolvencia demostrable); 2) la existencia de necesidad real en el nieto (no cubierta por otros); y 3) la capacidad económica de los abuelos para contribuir. Si los padres están presentes y tienen recursos, lo normal es que la acción contra los abuelos no prospere. El juez evaluará la cadena de responsabilidad y priorizará la obligación filial.

Cómo se soluciona

  1. Reúna documentación del estado del menor. Junte certificados de nacimiento, informes médicos si hay necesidades especiales, comprobantes de gastos en educación o salud, fotos y cualquier cosa que demuestre gasto y necesidad.
  1. Documente el incumplimiento de los padres. Busque pruebas de ausencia, abandono, negativas de pago, o de insolvencia: mensajes, testimonios, demandas previas, o evidencia de consumo de recursos en otras actividades. Si los padres viven fuera o no se hacen cargo, recoja pruebas de domicilio y de comunicación que demuestren la falta de aporte.
  1. Pruebe su capacidad económica (si va a pedir al juez que obligue a terceros). Reúna recibos de ingresos, estados de cuenta y bienes. Si pretende reclamar como abuelo para que el menor reciba alimentos, puede hacerlo solicitando que el juez primero reclame a los padres y, subsidiariamente, a los abuelos.
  1. Agote alternativas extrajudiciales. Intente una conciliación con los padres para que asuman su obligación. Si no hay respuesta, presente una demanda de alimentos a nombre del menor, en la cual se incluyan como demandados los padres y, subsidiariamente, los abuelos.
  1. Procedimiento judicial. La demanda iniciará un proceso donde el juez ordenará pruebas y valorará quién debe responder. El objetivo es obtener una resolución que fije quiénes están obligados y la cuantía, y que permita medidas de ejecución en caso de incumplimiento.

Qué puede hacer hoy: recopile certificados, testimonios y cualquier comprobante de gastos del menor. Si los padres han prometido pagos por escrito, consérvelos. Consulte en la Defensoría Pública si necesita asistencia sin costo.

Qué hace el abogado: redactar la demanda, presentar la prueba de subsidiariedad y representar en audiencia, además de solicitar medidas cautelares si hay riesgo para la subsistencia del menor.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta o acuerdo. Frecuentemente los padres, presionados o en conciliación, aceptan reanudar aportes o pactar una contribución, lo cual evita juicio y asegura recursos rápidos.

2) Acuerdo o conciliación judicial. El juez puede homologar un acuerdo donde se fije aportación de los padres y, subsidiariamente, de los abuelos si los padres no cumplen. Un buen acuerdo incluye formas de pago y mecanismos de control.

3) Sentencia judicial. Si el caso llega a sentencia, el juez determinará la responsabilidad principal de los padres y subsidiaria de los abuelos según la prueba. Si se condena y la persona obligada es insolvente, la sentencia crea un derecho de crédito exigible contra sus bienes; la ejecución depende de que existan activos. Si se pierde, la parte demandante puede quedar con costas procesales a su cargo.

Y si gana, ¿cobro? Si hay sentencia favorable, la ejecución depende de la existencia de bienes o ingresos del obligado. Contra un insolvente la sentencia es un reconocimiento de deuda que podrá cobrarse si cambian las circunstancias económicas o si aparecen bienes.

Errores que arruinan el caso

  • No demostrar que los padres están verdaderamente incapaces o ausentes; demandar a los abuelos sin probar la subsidiariedad.
  • Presentar pruebas sueltas sin relacionarlas: el juez necesita conectar incapacidad de los padres con la necesidad del menor.
  • Olvidar documentos personales que acrediten su capacidad económica o domicilio.
  • Aceptar promesas verbales de pago sin reflejarlas en documento fehaciente.
  • Actuar de forma contradictoria: proporcionar ayuda económica y luego demandar sin explicar el cambio.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puede presentar la demanda de alimentos usted mismo, pero conviene un abogado cuando hay que probar la incapacidad de los padres, cuando hay bienes y se necesite cuantificar aportes, o si los obligados presentan defensa compleja. Si no dispone de recursos, la Defensoría Pública puede ofrecer representación para proteger al menor.

Casos relacionados

Otros problemas frecuentes en abogados de pensión de alimentos

Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, de forma subsidiaria: si los padres no pueden hacerse cargo comprobablemente y los abuelos tienen capacidad económica, el juez puede imponerles una contribución.

Una promesa verbal ayuda poco. Lo importante son pruebas de incumplimiento y de incapacidad de los padres. Las promesas escritas o transferencias son mucho más útiles.

Sí; si la situación del menor es crítica, en la demanda puede solicitar medidas para asegurar alimentación, vivienda o salud mientras se decide el fondo.

La obligación se valora según capacidad. Si son insolventes, el juez puede negar la carga o fijar una contribución simbólica; cada caso se pondera según los recursos.

Sí, la Defensoría Pública brinda asistencia para casos de alimentos cuando la persona no tiene recursos, especialmente si hay menores en riesgo.

¿Necesitas resolver este problema legal?

Te conectamos con los mejores abogados especializados. Consulta gratuita y sin compromiso.

Ver abogados