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¿Qué hacer si el inquilino ha destrozado el inmueble antes de marchar?

Si el inquilino dejó el inmueble con daños, puedes reclamar por reparación y por el valor de la reparación. Lo que determina tu opción es la prueba de estado previo, el inventario o recepción y los comprobantes de las reparaciones. Primer paso: documenta todo con fotos fechadas y guarda presupuestos y facturas; no comiences arreglos sin registrar el daño.

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¿Tienes razón?

Tu capacidad para reclamar depende de tres elementos clave: prueba del estado previo del inmueble, constancia del daño ocasionado y la relación contractual (contrato, inventario, recepción). Si hiciste un inventario o fotos al inicio y al término del arriendo, tu caso es fuerte. Si no existen registros previos, todavía puedes reclamar, pero tendrás que convencer al tribunal con otros elementos: reportes de vecinos, comparaciones con similares, cobros anteriores por mantenciones o pruebas periciales.

También importa si cobraste una garantía (fianza) y cómo está regulada en el contrato: la fianza sirve para responder por daños y el arrendador puede retenerla para cubrir reparaciones, siempre que haya prueba y justificación. Si no hubo fianza o se agotó, puedes demandar por daños y perjuicios. Si el inquilino causó daño grave intencionalmente, además de la reparación civil, puede existir responsabilidad penal; una denuncia por daños puede acompañar la reclamación civil.

Por último, valora si hubo falta de mantención atribuible al arrendador: la diferencia entre un daño por uso normal y uno por abandono o mal uso es decisiva. La prueba pericial (informe técnico) muchas veces decide si un daño es por uso o por culpa.

Cómo se soluciona

  1. Documenta inmediatamente. Toma fotos y vídeos del daño desde distintos ángulos con fecha visible. Haz un inventario de lo que falta o está roto y anota nombres de testigos (vecinos, conserjes). Conserva cualquier mensaje o comunicación donde el inquilino admita la situación.
  2. Obtén presupuestos y facturas. Solicita presupuestos de reparación a empresas o profesionales, y guarda las cotizaciones. Si el daño requiere peritaje, encarga un informe técnico para acreditar el costo y la causa del daño.
  3. Retén la fianza si existe y está legalmente prevista. Para justificar la retención, documenta los motivos y comunica por escrito al exinquilino el detalle de deducciones que pretendes hacer y las facturas que las respaldan.
  4. Envía un requerimiento formal de pago. Si la fianza no cubre o no existe, notifica por escrito la cuantía de la reparación y solicita el pago. Envía por un medio que deje constancia de recepción.
  5. Si no pagó, demanda por daños y perjuicios. Presenta al tribunal la documentación: contrato, inventarios, fotos, cotizaciones y peritajes. Un abogado te ayudará a cuantificar y presentar la demanda.

Qué puedes hacer sin abogado: documentar, retener fianza con justificación y enviar requerimiento formal. Necesitas abogado si el monto en disputa es relevante, si hay resistencia del inquilino o si el caso requiere pericia técnica o medidas cautelares para asegurar reparación.

Qué puede pasar

  1. Se arregla con una carta y pago: el inquilino paga la reparación o acepta que se retenga la fianza. Esto es habitual y práctico: evita juicio y te permite arreglar el daño pronto.
  2. Acuerdo o conciliación: pueden firmar un acuerdo que incluya plazos de pago o ejecución de reparaciones con compromiso de pago. Un acuerdo firmado reduce riesgos y permite planificar los arreglos.
  3. Juicio por daños: si no hay acuerdo, la vía judicial decide sobre la responsabilidad y la cuantía. Si ganas, el juez condenará al inquilino a pagar; si el inquilino es insolvente, cobrar puede resultar difícil. Además, el tribunal puede imponer costas procesales a la parte vencida si así lo estima.

Y si ganas, ¿cobras? La sentencia es un título ejecutivo; cobrar depende de la masa patrimonial del condenado. Si no tiene bienes, la sentencia puede quedar como un resarcimiento formal sin cobro efectivo.

Errores que arruinan el caso

  • No tomar fotos al inicio del arriendo: sin registro previo será más difícil probar que el daño no existía antes.
  • Tirar los restos o desmontar sin preservar evidencia: si destruyes lo que queda, impides la pericia técnica.
  • No pedir presupuestos profesionales: estimaciones sin respaldo formal no convencen al tribunal.
  • Retener la fianza sin justificar por escrito: puedes exponerte a reclamos por retención indebida.
  • Enviar comunicaciones solo por voz o mensajes efímeros: siempre deja constancia por escrito y por medios que se puedan acreditar.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes presentar el requerimiento inicial por tu cuenta y, en muchos casos, el inquilino responde. Necesitas abogado si el inquilino no paga, si hay discusión sobre la causa del daño o si buscas una orden judicial para cobrar. Si no tienes recursos, infórmate en la Corporación de Asistencia Judicial sobre posibilidad de patrocinio gratuito.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, la fianza está destinada precisamente a responder por incumplimientos y daños. Retén solo lo necesario y guarda facturas y presupuestos; comunica por escrito al exinquilino el detalle de las deducciones.

Solicita un peritaje técnico que establezca la causa del daño y su coste. Testigos, fotos del estado inicial y comparativas con viviendas similares también ayudan.

Exige factura o boleta de pago de materiales y mano de obra; de lo contrario, la carga probatoria recae en quien afirma haber realizado la reparación, y el tribunal valorará la prueba presentada.

Depende del contrato y de la justificación. Lo habitual es justificar cualquier descuento por escrito y con pruebas; desconfiar de deducciones unilaterales sin documento justificante.

Puedes reclamar la diferencia por vía judicial. Presenta presupuestos y peritajes para acreditar el monto adicional y demanda por daños y perjuicios.

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