No sé cómo presentar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP)
Presentar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) exige preparar la documentación financiera, identificar a los acreedores y proponer un plan realista. Lo que determina si prospera es la evidencia de insolvencia, la voluntad de negociar y la calidad del plan propuesto. Primer paso: reúne balances, conciliaciones bancarias, contratos de deuda, listados de acreedores y prueba de ingresos y gastos.
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¿Tienes razón?
No existe una respuesta universal: la viabilidad de un AEP depende de la situación económica de la empresa, de la composición de sus acreencias y de la voluntad de los acreedores. Lo que evalúan las partes es si el plan propuesto mejora lo que obtendrían en una liquidación y si tienes capacidad de pago o de recuperar actividad operativa. Tres cosas marcan la diferencia: la documentación contable que demuestre tu situación, la identificación clara de acreedores y garantías, y una propuesta creíble (plazo, montos, eventuales quitas o garantías alternativas).
También influye si la empresa ya está en mora generalizada, si existen títulos ejecutivos en manos de acreedores y si hay riesgos penales o laborales que compliquen la negociación. En la práctica, un AEP es más viable cuando hay un núcleo de acreedores dispuesto a negociar y cuando la empresa puede aportar un plan que preserve valor económico.
Cómo se soluciona
1) Reúne la documentación mínima: estados financieros recientes, conciliaciones bancarias, contratos de deuda, letras y pagarés, listados de acreedores con montos, copia de garantías y cualquier documento que pruebe ingresos y patrimonio. Digitaliza todo y organiza por acreedor.
2) Prepara un diagnóstico claro de la situación: explica por qué se produjo la insolvencia (caída de ventas, impagos de clientes, sobrecostos) y qué medidas de gestión se han tomado. Incluye proyecciones realistas y supuestos concretos.
3) Elabora la propuesta de AEP: define qué ofreces a cada acreedor (porcentaje de pago, plazos, quitas, pagos condicionados a hitos). Si propones garantías nuevas, detállalas. Asegúrate de que la oferta sea coherente con tus flujos previstos.
4) Clasifica a los acreedores por preferencia y por existencia de títulos ejecutivos. Si hay acreedores con hipotecas o prendas, su posición es distinta a la de acreedores comunes.
5) Envía la propuesta por escrito a los acreedores y convoca a una reunión o proceso de negociación. Adjunta la documentación de soporte y pide acuse de recibo.
6) Negocia condiciones y busca homologación o formalización: un acuerdo firmado entre partes con testigos o ante notario da mayor seguridad. Si la negociación fracasa con acreedores relevantes, valora acudir a un procedimiento concursal formal.
7) Si consigues adhesiones suficientes, plasma el acuerdo por escrito y formaliza mecanismos de cumplimiento y control (pago por un agente de pagos, auditorías, reporting trimestral).
Qué haces tú y qué hace un abogado: Tú puedes recopilar papeles, preparar un borrador de oferta y contactar acreedores. Un abogado especializado en concurso es muy útil para redactar el AEP con cláusulas de protección, negociar con acreedores complejos, confirmar la validez de garantías ofrecidas y, si procede, tramitar la homologación o iniciar la vía concursal.
Qué puede pasar
1) Se arregla con un acuerdo negociado. Muchos AEP se consiguen por negociación directa: el acreedor prefiere recuperar algo ahora a arriesgar perderlo todo en liquidación. Un acuerdo bien redactado reduce riesgos de impugnación posterior.
2) Acuerdo con formalización. Se firma un convenio con condiciones detalladas y garantías de cumplimiento. Esto protege a las partes y facilita seguimiento; además, sirve como antecedente favorable si luego se busca reestructuración formal.
3) Fracaso y concurso judicial. Si no se alcanzan adhesiones suficientes o si hay acreedores con títulos ejecutivos que boicotean el AEP, la alternativa puede ser iniciar un procedimiento concursal. En ese caso, el juez evaluará la situación y podrá abrir fase de convenio o liquidación.
Y si ganas, ¿cobras? La firma de un AEP y su cumplimiento asegura pagos según lo pactado; sin embargo, si el deudor no cumple, el acreedor puede ejecutar las garantías acordadas o activar cláusulas de incumplimiento. La efectividad depende de la verificación y del seguimiento.
Errores que arruinan el caso
- Presentar un AEP sin documentación que lo respalde: sin pruebas ni proyecciones creíbles nadie adhiere.
- Ofrecer plazos o quitas que no puedes sostener.
- No identificar ni priorizar a los acreedores con títulos ejecutivos.
- No formalizar el acuerdo: verbalidades son peligrosas.
- No contar con asesoría para redactar cláusulas de cumplimiento y remedios frente a incumplimiento.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes preparar la documentación inicial y una oferta básica por tu cuenta. Necesitas un abogado cuando la propuesta afecta a acreedores con títulos ejecutivos, cuando hay garantías reales involucradas o cuando buscas homologación formal. Un abogado también ayuda a diseñar cláusulas de control y ejecución que protejan contra incumplimientos. Si no tienes recursos, consulta por patrocinio judicial para orientar la reestructuración.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí. Un AEP es una negociación extrajudicial que puedes iniciar aun sin concurso formal. Es una opción previa para evitar llegar a juicio o a un proceso concursal, y depende de la voluntad de los acreedores de adherir.
Estados financieros, conciliaciones bancarias, listado de acreedores con montos, contratos de deuda y copias de garantías. Además, proyecciones de caja y explicación de las causas de la insolvencia son fundamentales.
No. Un AEP requiere la adhesión del acreedor. Si no adhieren los acreedores relevantes, la alternativa es buscar vías concursales formales para intentar reordenar pasivos.
Puede ser viable si logras coordinar adhesiones suficientes o si ofreces un esquema que mejore lo que obtendrían en liquidación. La dificultad aumenta con la dispersión de acreedores, pero no es imposible.
Formalizar y dejar constancia ante notario o mediante escritura fortalece la prueba del acuerdo y facilita la ejecución en caso de incumplimiento. También brinda mayor confianza a los acreedores para adherir.
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