La empresa me obliga a facturar a través de una sociedad
No necesariamente es legal: que te obliguen a facturar a través de una sociedad puede ser un indicio de relación laboral encubierta si en la práctica trabajas subordinado y dependiente. Lo que decide si eres empleado o prestador es cómo se desarrolla la relación (horarios, órdenes, riesgo económico, herramientas), no el papel. Primer paso: documenta cómo era tu jornada, órdenes y medios de trabajo y guarda todas las facturas y comunicaciones.
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¿Tienes razón?
Hay cuatro elementos que determinan si obligarte a facturar desde una sociedad oculta una relación laboral: dependencia, subordinación, ausencia de riesgo empresarial y la integración en la organización. Dependencia significa que la empresa dicta cuándo y cómo prestas el servicio: horarios fijos, tareas asignadas y supervisión diaria. Subordinación se aprecia cuando la empresa impone métodos de trabajo y sanciona incumplimientos. Ausencia de riesgo empresarial aparece cuando no asumes pérdidas ni inviertes en la actividad: no tienes oficina propia, no buscas clientes ni decides precios. Integración en la organización se ve si usas correo de la empresa, participas en reuniones internas y figuras en organigramas.
Ninguno de esos factores por sí solo prueba que eres trabajador; la valoración es global. Muchas empresas intentan desplazar la responsabilidad obligando a facturar mediante una sociedad porque así la empresa reduce cargas previsionales y tributarias. Si tú facturas desde una sociedad pero trabajas con horario impuesto, herramientas de la empresa y sin libertad para contratar a otros clientes, tu posición apunta a falso autónomo.
Prueba clave: las comunicaciones. Un contrato de prestación de servicios con cláusulas que imponen exclusividad o control horario acerca el vínculo al régimen laboral. Pero también pesan hechos: si recibes órdenes de un superior, eres citado a reuniones internas, estás sometido a disciplinamiento, o la empresa te paga como si fueras dependiente, esas señales suman. Conserva facturas, contratos societarios, correos, mensajes y registros de asistencia.
Cómo se soluciona
1) Reúne la prueba por tu cuenta. Copia y exporta todas las boletas o facturas emitidas por la sociedad, correos, chats, órdenes de trabajo, comprobantes de pago y fotografías de tu puesto o del timbre/entrada. Si tenías exclusividad verbal o instrucciones de jefe, apunta fechas y nombres de testigos.
2) Ordena los documentos. Identifica periodos en que trabajaste sólo para esa empresa y describe tareas concretas (qué hacías cada día). Si usabas correo corporativo, licencia de software o máquina de la empresa, anótalo: son indicios fuertes.
3) Reclama por escrito a la empresa. Envía una carta o correo fehaciente solicitando aclarar la relación y la devolución o regularización de cotizaciones, indicando que existen motivos de duda sobre la naturaleza del vínculo. Exporta el hilo de conversación. Si responden con una oferta de pago, no la aceptes sin asesoría.
4) Evalúa la vía administrativa. Puedes presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo para que fiscalice y determine si existe subordinación laboral. La Inspección puede ordenar actas y requerir información a la empresa.
5) Si no se resuelve, valora demanda ante los tribunales laborales. Un abogado especialista en falsos autónomos te ayudará a estructurar la prueba y a cuantificar las cotizaciones y prestaciones adeudadas.
6) Si la empresa es grande o ofrece un pacto reparatorio, examina la oferta con abogado: a veces un acuerdo rápido compensa riesgos y tiempos de juicio.
Qué puedes hacer hoy sin abogado: guardar y exportar toda la evidencia, anotar con detalle tus rutinas y enviar la carta de aclaración. Qué debes delegar: valoración de la prueba y cuantificación de cotizaciones, negociación de acuerdos y la demanda judicial.
Qué puede pasar
1) Se arregla mediante carta o conversación y la empresa reconoce la situación: puede proponer regularizar cotizaciones o pagar indemnizaciones. Esto ocurre con frecuencia cuando la empresa quiere evitar una fiscalización o proceso prolongado.
2) Se llega a un acuerdo o conciliación. La empresa puede ofrecer una suma o pagar cotizaciones atrasadas y dar un finiquito ante ministro de fe. Un acuerdo puede ser ventajoso: te permite obtener dinero y cerrar el conflicto sin litigio. Pero atiende a las condiciones: un finiquito mal formulado puede limitar reclamaciones futuras.
3) Juicio laboral. Si llegas a tribunales, se discutirá la naturaleza del vínculo y se pedirán cotizaciones, imposiciones, vacaciones y eventuales indemnizaciones. Si pierdes el juicio, puedes quedar sin parte de lo reclamado y asumir las costas procesales si el tribunal así lo decide. Si ganas, la sentencia ordenará pagos, pero cobrar depende de la situación económica de la empresa: una sentencia contra un insolvente puede quedar como un crédito que se ejecuta en sede civil.
Pregunta clave: «y si gano, ¿cobro?» Una sentencia te da un título ejecutivo; sin embargo, la efectividad del cobro depende de la solvencia de la empresa y de medidas de embargo. Por eso, en la negociación hay que valorar la liquidez del adversario.
Errores que arruinan el caso
- No guardar las facturas y los correos: destruir o borrar mensajes digitales dificulta probar subordinación.
- Aceptar un finiquito o acuerdo verbal sin dejar constancia por escrito ni asesoría: puedes renunciar a derechos sin saberlo.
- Firmar cláusulas de exclusividad o no competencia sin entender su alcance: perjudican la posibilidad de demostrar autonomía.
- No obtener testigos o no registrar nombres y fechas de instrucciones: la prueba testimonial suele ser decisiva.
- Seguir facturando sin documentar el cambio de condiciones cuando la relación se vuelve cada vez más dependiente.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes enviar la primera carta y reunir prueba por tu cuenta; en muchos casos eso desencadena la regularización. Necesitas abogado cuando la empresa ofrece un acuerdo, cuando hay que cuantificar cotizaciones o cuando la Inspección del Trabajo inicia un procedimiento. Si procede justicia gratuita, puedes acceder a apoyo de la Corporación de Asistencia Judicial.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No por sí sola. La factura muestra la forma de cobro, pero las autoridades y tribunales valoran hechos: si trabajas con horarios impuestos, supervisión constante y sin riesgo empresarial, la factura no evita que te consideren trabajador dependiente.
Correos y mensajes con instrucciones, registros de asistencia, contratos que imponen exclusividad, testigos que confirmen órdenes, comprobantes de pago por nómina o en condiciones de dependencia, y evidencia de uso de herramientas de la empresa.
No estás obligado. Crear una sociedad tiene consecuencias legales y tributarias. Antes de aceptar, considera documentar la oferta por escrito y consulta a un abogado. Si la empresa insiste y la relación es dependiente, podrías estar frente a un intento de elusión.
Sí. Puedes presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo por tu cuenta; ellos pueden fiscalizar y requerir antecedentes. Sin embargo, un abogado ayuda a estructurar la reclamación y a preparar prueba para una eventual demanda.
Depende de lo acordado. Si firmas un finiquito ante ministro de fe por lo acordado, podrías renunciar a pretensiones futuras. Por eso conviene asesorarse antes de firmar cualquier finiquito u oferta de pago.
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