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Mi inquilino con contrato vencido no se marcha

No puedes obligar por la fuerza, pero sí tienes recursos legales. Si el contrato venció y el inquilino no desocupa, la posibilidad de desalojarlo dependerá de si existe un nuevo pacto, de la conducta del ocupante y de la prueba. Primer paso: envía una comunicación fehaciente pidiendo la entrega del inmueble y documenta la situación.

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Estudio Jurídico Rivera Santander & Abogados Asociados — Calama
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¿Tienes razón?

Tres factores son determinantes: si el contrato realmente venció y no fue renovado, si existe alguna conducta que pruebe prórroga tácita (por ejemplo, el pago continuado de la renta sin reservas) y si el ocupante tiene algún título que justifique la permanencia (contrato verbal, prórroga escrita, acuerdo de pago atrasado). Si el contrato terminó y no hay acuerdo de prórroga, la ocupación es en principio ilícita y habilita acciones para obtener la desocupación.

Sin embargo, la simple permanencia no convierte automáticamente el ocupante en moroso: si ha quedado en el inmueble por motivos extraordinarios (negociación pendiente, cobro de bienes, imposibilidad de traslado), la ley y los tribunales valoran las circunstancias. La prueba documental de que el contrato terminó y de que ofreciste condiciones para la entrega te fortalece.

Si el inquilino sigue pagando la renta y no reclama que el pago sea solo “a cuenta”, puede interpretarse como aceptación de una prórroga tácita. Por eso es crítico documentar que cualquier pago posterior al vencimiento se acepta bajo protesta o condicionado a la entrega.

Cómo se soluciona

  1. Documenta el vencimiento y la permanencia. Guarda el contrato y constancias de la fecha de término. Reúne pruebas de que el ocupante sigue dentro: recibos, testigos, fotos, mensajes.
  1. Envía una comunicación fehaciente exigiendo la entrega del inmueble. Indica que el contrato ha vencido y solicita la entrega inmediata; deja constancia de la fecha requerida y de tu disposición a recibir la entrega. Conserva acuse de recibo.
  1. Evita la autotutela. No realices actos de fuerza (cambio de cerraduras, remoción de bienes) porque eso puede derivar en responsabilidad civil o penal. Mantén la vía documental y judicial si es preciso.
  1. Negocia alternativas. Si el inquilino tiene problemas económicos, puedes pactar una salida escalonada, condonar parte de la deuda a cambio de entrega en fecha, o acordar términos para la desocupación. Documenta siempre cualquier acuerdo por escrito.
  1. Si no hay acuerdo, prepara la vía judicial de desalojo. Para esto necesitarás ordenar la prueba de la fecha de término, la falta de acuerdo y la permanencia. Un abogado tramitará la demanda y las medidas necesarias según el caso.

Qué puedes hacer sin abogado: documentar y enviar el requerimiento fehaciente. Necesitarás abogado para litigar y para solicitar medidas judiciales de desalojo; también cuando la situación está judicializada por deudas o retenciones de bienes.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta: El inquilino accede a entregar el inmueble tras requerimiento fehaciente o tras negociar condiciones para la salida.

2) Acuerdo o conciliación: Pueden pactar una fecha de entrega y condiciones para la entrega de llaves y pago de deudas; registrar el acuerdo evita litigios posteriores.

3) Juicio de desalojo: Si no hay acuerdo, la vía judicial puede culminar en orden de desalojo. Si pierdes o ganas, el tema de costas depende de la conducta procesal de las partes y de la resolución judicial. Si ganas, la ejecución dependerá de la actuación de la autoridad y de la cooperación del ocupante.

Y si ganas, ¿cobras? En muchos casos el juicio también incluye condena por rentas adeudadas; cobrar esas sumas dependerá de bienes del deudor. Un acuerdo con garantías suele ser más práctico.

Errores que arruinan el caso

  • Cambiar cerraduras o sacar pertenencias sin orden judicial.
  • Aceptar pagos posteriores sin dejar constancia de que son ‘a cuenta’ y sin protestar; eso puede crear prórroga tácita.
  • No conservar pruebas del vencimiento del contrato y de tus requerimientos.
  • No notificar formalmente al ocupante; la comunicación informal es débil en juicio.
  • Ir a la fuerza o recurrir a terceros (patotas) para presionar; eso puede volverse en tu contra penalmente y civilmente.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes empezar por tu cuenta: conserva el contrato y envía la carta fehaciente pidiendo la entrega. Necesitarás abogado si el inquilino no responde, cuando quieras litigar por desalojo o por rentas adeudadas, o si el caso implica riesgo de pérdida de bienes. Si el inquilino propone un acuerdo, valora asesoría profesional: es el momento en que un abogado puede proteger tus intereses. La Corporación de Asistencia Judicial puede asistir si reúnes requisitos para justicia gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

No. Entrar por la fuerza puede constituir un acto ilegal. Debes pedir entrega por escrito y, si no hay respuesta, acudir a las vías legales para obtener el desalojo.

El pago continuado puede interpretarse como aceptación tácita de prórroga, especialmente si no dejas constancia de que el pago se acepta bajo protesta. Documenta siempre cualquier pago posterior y declara por escrito que no implica prórroga si ese es tu propósito.

Puedes plantearlo como parte de una negociación, pero retener la garantía sin acuerdo o sin título judicial puede llevar a controversia. Lo recomendable es documentar cualquier retención acordada o pedir resolución judicial.

Documenta los daños con fotos y testigos, envía requerimiento fehaciente y, si no hay arreglo, considera la vía judicial para cobrar por daños y obtener la posesión. Un inventario firmado al egreso ayuda mucho.

La carta simple sirve para comunicar, pero la carta fehaciente con constancia de recepción tiene mayor valor probatorio. Conserva todo.

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