Me piden un aval bancario o garantía adicional, ¿es legal?
El arrendador puede pedir garantías adicionales, pero su legitimidad depende de lo pactado y de la proporcionalidad. Lo que importa es qué aceptaste al firmar y si la exigencia se hizo antes o después del contrato. Primer paso: revisa el contrato y pide que cualquier requisito nuevo se formalice por escrito antes de entregarlo.
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¿Tienes razón?
Tres cosas determinan si la exigencia del aval o garantía adicional es viable. Primero: el acuerdo inicial: si el contrato ya firmado establece las garantías, el arrendador no puede imponer otras nuevas sin tu consentimiento. Segundo: el momento de la exigencia: exigir garantías antes de firmar es distinto a reclamarlas luego de firmado; lo habitual es negociar antes de la firma. Tercero: la equidad y la naturaleza de la garantía: la exigencia debe ser proporcional al riesgo que el arrendador alega (por ejemplo, historial de impagos) y ceñirse a lo que la ley permite.
Si firmaste un contrato que no contempla aval y el arrendador te pide uno después, no estás obligado a aceptarlo; sin embargo, negarte puede llevar a que el arrendador rescinda la negociación o intente buscar otro inquilino. Si el contrato prevé la posibilidad de garantías adicionales, entonces la exigencia puede estar amparada.
Cómo se soluciona
1) Revisa el contrato antes de aceptar nada: busca cláusulas sobre garantías, avales o exigencias posteriores. Conserva una copia firmada.
2) Si te piden algo nuevo, pide que lo documenten: exige un anexo o nueva cláusula firmada que detalle la garantía (quién la emite, alcance, plazos, montos expresados en UF/UTM si procede). No entregues documentos ni firmas sin leer y, si no entiendes, solicita explicación por escrito.
3) Valora alternativas: en la práctica, las garantías bancarias o avales personales no son la única opción; en muchos casos sirve una mayor fianza, seguro de arriendo o código de buen comportamiento. Propón alternativas escritas.
4) Negocia condiciones justas: si aceptas aval, deja por escrito hasta cuándo rige y bajo qué condiciones se puede ejecutar. Si el arrendador quiere cubrir potenciales daños, exige comprobantes de reparación y factura antes de descontar la fianza.
5) Si te piden el aval después de firmado y te presionan, busca asesoría legal: un abogado puede valorar si la demanda del arrendador vulnera el contrato y negociar en tu nombre. También te ayudará a no firmar cláusulas abusivas.
Qué puedes hacer solo: rechazar la exigencia o proponer alternativas por escrito. Cuándo necesitas abogado: cuando te presionan para firmar algo que no entiendes, cuando te ofrecen plazos o condiciones poco claras, o cuando la otra parte ya tiene abogado.
Qué puede pasar
1) Negociación y acuerdo: lo más habitual. Aceptas una alternativa (más fianza o seguro) y el arrendador documenta el cambio.
2) Roto el trato: el arrendador puede rescindir la negociación y buscar otro inquilino. Esto no te genera obligación si no firmaste.
3) Exigencia forzada o cláusula abusiva: si firmaste sin entender, podrías quedar obligado a un aval difícil de ejecutar. En un juicio, los tribunales analizan la validez del consentimiento y la proporcionalidad. Si pierdes, podrías terminar respondiendo por el aval; si ganas, la cláusula puede ser declarada nula.
Y si ganas, ¿cobras? No aplica directamente; la discusión suele ser sobre si existe una obligación de dar el aval y sobre cómo se ejecuta. La ejecución de un aval o garantía depende de las condiciones que firmaste.
Errores que arruinan el caso
- Firmar un aval o anexo sin leerlo o sin pedir copia.
- Aceptar condiciones orales sobre garantías y no plasmarlas por escrito.
- Entregar documentos personales (como cheques o poderes) sin asesoría.
- No solicitar facturas o presupuestos antes de aceptar descuentos de la fianza por daños.
¿Necesitas un abogado para esto?
No siempre necesitas abogado: la mayoría de las negociaciones sobre garantías se resuelven entre las partes si hay buena fe. Busca abogado cuando te pidan avales complejos, cuando haya presión para firmar sin copia, o si la otra parte sólo acepta la firma como condición. Si no tienes recursos, consulta la Corporación de Asistencia Judicial para ver si calificas para defensa gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No si ya firmaste un contrato que no lo exige. Antes de firmar, el arrendador puede pedirlo como condición; puedes negarte y proponer alternativas. La obligación nace solo si la aceptas por escrito.
En general sí: ambos crean una obligación del avalista. La diferencia práctica es la facilidad para ejecutar la garantía y la solvencia del avalista.
Sí, muchas veces es una alternativa aceptada. Propón que la fianza adicional quede registrada en un anexo al contrato y con condiciones claras para su restitución.
No debe retener la fianza para forzar un aval. Si hay desacuerdo, debes dejar constancia por escrito y negociar o buscar asesoría.
Si firmaste bajo presión o sin información, un abogado puede valorar si hubo vicios de consentimiento. No siempre anula la obligación, pero puede ser base para impugnarla.
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