Quieren imponerte multas por incumplir la LSSI en tu web
No existe la LSSI en Argentina; lo que importa son las obligaciones locales sobre comunicaciones comerciales, protección del consumidor y la normativa sectorial. Si te intiman por incumplimientos supuestamente equivalentes, lo que determina la validez de la reclamación es quién la hace, en qué normativa se basa y qué prueba aportan. Primer paso: pedí que te detallennormativa aplicable y fundamentos por escrito y guardá esa comunicación.
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¿Tienes razón?
En Argentina no existe una ley llamada LSSI; hay obligaciones dispersas: normas de defensa del consumidor, regulaciones sectoriales (telcos, servicios financieros), y normas sobre comunicaciones comerciales y comercio electrónico. Por eso, cuando alguien te amenaza con «multas por la LSSI», lo primero que hay que verificar es la autoridad que pretende sancionarte y la norma concreta que alega. Tres factores clave determinan si la amenaza tiene fundamento: la identidad del requirente (autoridad administrativa, asociación, usuario), la norma invocada (ley de defensa del consumidor, normativa del sector, normativa publicitaria) y la conducta concreta que se le atribuye a tu sitio (spam, falta de información, prácticas engañosas, incumplimiento de requisitos formales en comercio electrónico).
También importan dónde está ubicada la actividad: si los destinatarios son usuarios argentinos y ofrecés servicios en el país, las normas locales suelen aplicarse aun cuando los servidores estén fuera. En cambio, si la reclamación viene de un actor extranjero que refiere a otra normativa, necesitás evaluar la jurisdicción y la posibilidad de aplicabilidad. En resumen: no te asustes por el nombre. Lo que vale es la autoridad, la norma y la conducta alegada.
Cómo se soluciona
1) Pedí que te expliquen la base legal por escrito. Solicitá la normativa exacta que se alega, la autoridad que la invoca y la conducta concreta que te imputan. Guarda esa comunicación original.
2) Documentá tu web y prácticas. Exportá copias de las páginas señaladas, logs del servidor, versión de los términos y avisos publicados en la fecha en cuestión y registros de campañas de marketing. Conservá todo en formato original y con metadatos cuando sea posible.
3) Hacé una revisión técnica y legal. Comprobá si tenés faltas formales: falta de datos de contacto, ausencia de información sobre condiciones de la oferta, falta de mecanismos de desistimiento, o prácticas publicitarias engañosas. Si encontrás incumplimientos, corregilos y documentá el cambio.
4) Respondé formalmente. Si la notificación proviene de una autoridad, contestá por el canal procedimental indicado, aportando pruebas de corrección cuando corresponda. Si proviene de un particular o asociación, considerá proponer una solución amistosa o solicitar aclaraciones.
5) Evaluá la necesidad de defensa. Si la autoridad inicia un procedimiento sancionador, necesitarás asistencia técnica y legal para contestar, aportar pruebas y, si procede, negociar medidas de cumplimiento.
6) Revisá contratos con proveedores. Si la causa proviene de acciones de terceros (proveedor de newsletter, proveedor de cookies), verificá responsabilidades contractuales y exigí indemnizaciones o correcciones.
Qué podés hacer hoy: exportá la versión histórica de las páginas cuestionadas y fijá por escrito la fecha de los cambios que hagas para demostrar diligencia.
Qué puede pasar
1) Se arregla con corrección y comunicación. En muchos casos basta probar que corregiste lo señalizado: corregir un aviso, actualizar condiciones y demostrar diligencia técnica puede detener la acción. Eso suele resolverse mediante comunicaciones y compromisos de cumplimiento.
2) Acuerdo o imposición de medidas. Podés llegar a un acuerdo con la autoridad o parte actora que incluya un plan de adecuación y auditorías. Ese camino evita un proceso largo pero puede implicar obligaciones formales de cumplimiento y seguimiento.
3) Procedimiento sancionador. Si la autoridad iniciase un procedimiento, puede derivar en una sanción administrativa. Si perdés, además de la multa podrías tener que publicar la resolución y adoptar medidas correctivas; la ejecución de la sanción depende del órgano que la impondrá y de la solvencia de la empresa para atenderla.
Si ganás, la resolución reconoce que no hubo infracción; cobrar costas o resarcimiento depende del contexto y de la existencia de responsabilidad probada de la otra parte.
Errores que arruinan el caso
- No conservar la versión histórica del sitio y de los avisos: perderás la posibilidad de demostrar que la página cumplía en la fecha reclamada.
- Responder por canales informales y borrar comunicaciones: toda respuesta debe quedar registrada.
- No revisar proveedores: muchas veces la conducta imputada viene de un tercero y no del propietario del sitio.
- No corregir fallas formales cuando las detectás: dejar pasar una corrección simple agrava la exposición.
- Responder públicamente sin asesoramiento cuando la reclamación va hacia la vía administrativa: declaraciones públicas pueden complicar la defensa.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si la intimación proviene de una autoridad administrativa o incluye una propuesta de sanción, consultá a un abogado. Para correcciones formales (avisos, enlaces, términos), podés comenzar internamente, pero si la otra parte ya inició actuaciones o te propone un acuerdo, el asesor legal es necesario. Si calificás para asistencia jurídica pública, solicitála.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
La LSSI es una ley de España sobre servicios en la sociedad de la información. En Argentina no existe esa ley; lo relevante son normas locales como la de defensa del consumidor y regulaciones sectoriales. Lo importante es identificar la norma local invocada por quien te reclama.
Si tu sitio realiza seguimiento y ofrece servicios a usuarios argentinos, la ausencia de información sobre seguimiento y cookies puede considerarse una falta de información y generar reclamos. Lo prudente es publicar una política clara y mecanismos de elección.
Solicitá que te indiquen la norma y la autoridad que los habilita. Contestá por escrito pidiendo aclaraciones y guardá la comunicación. Si la nota es conminatoria, consultá a un abogado antes de firmar compromisos.
Sí. La ley de defensa del consumidor y normas sectoriales sancionan la publicidad engañosa. Si una campaña omite condiciones esenciales o induce a error, puede dar lugar a sanciones y obligaciones de rectificación.
No necesariamente. Si el servicio se dirige a usuarios en Argentina y genera efectos en el país, las autoridades locales pueden pretender aplicar la normativa nacional. La ubicación del servidor es un factor, pero no siempre excluye la aplicación de la ley local.
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