Quiero abrir una empresa en otro pais y no se como hacerlo desde Argentina
Podés abrir una empresa fuera de Argentina, pero lo que determina el camino son la jurisdicción elegida, el tipo societario local, y tus obligaciones fiscales en Argentina. Primer paso: decidir el país y el tipo de sociedad y pedir a la jurisdicción elegida la lista oficial de requisitos: copia de DNI, certificación de firmas y, a veces, una constancia de domicilio. Conservá todas las pruebas y buscá asesoría contable local antes de firmar.
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¿Tienes razón?
Abrir una empresa en el exterior es factible; lo que cambia es la forma práctica según el país y la actividad. Tres ejes determinan si vas a poder hacerlo sin tropiezos: la normativa del país receptor sobre constitución de sociedades y requisitos para extranjeros; la documentación que te piden desde Argentina (certificados, traducciones, apostillas y certificación de firmas); y las obligaciones fiscales y cambiarias que se te exigirán en Argentina por tener ingresos o participaciones en el exterior.
Si elegís un país con requisitos abiertos a no residentes y con tratados de doble imposición favorables, el trámite suele ser directo. Si, por el contrario, el país exige residencia local, un capital mínimo en moneda local o trámites que requieren presencia física, el proceso se complica. Además, tenés que considerar la regulación cambiaria y la obligación de declarar tu participación en el exterior ante la AFIP y, si corresponde, pagar impuestos en Argentina por las utilidades.
La documentación que normalmente piden incluye DNI o pasaporte, constancia de domicilio, certificación de firmas o poderes otorgados en consulado, y a veces antecedentes comerciales o bancarios. Si no tenés la documentación en regla, la constitución puede demorarse o rechazarse.
Cómo se soluciona
- Elegí el país y el tipo de sociedad. Informate sobre el régimen societario local: sociedad anónima, sociedad limitada, filial o sucursal, y sus implicancias. Investiga regulaciones sectoriales si operás en actividades reguladas (servicios financieros, telecomunicaciones, transporte, etc.).
- Reuní documentación personal. Habitualmente necesitarás DNI o pasaporte, prueba de domicilio local o en el exterior, y antecedentes personales o comerciales. Pedí al registro del país receptor la lista oficial y si requieren apostilla o certificación consular.
- Apostillá o legalizá y traducí los documentos que pidan. Muchos países requieren la apostilla de documentos públicos expedidos en Argentina; otros piden traducción jurada. Pedí la lista exacta a la autoridad extranjera y prepará todo antes de presentarlo.
- Determiná la forma de representación. Si no podés viajar, vas a necesitar un poder otorgado ante escribano argentino y, en su caso, apostillado o legalizado. Ese poder permite que un apoderado firme la documentación de constitución en tu nombre.
- Abrí una cuenta bancaria en la jurisdicción o acordá un banco corresponsal. Algunos países exigen depositar capital inicial para ciertas sociedades. Verificá las políticas KYC del banco.
- Registrá la sociedad y obtené la numeración fiscal local. Una vez constituida, vas a tener obligaciones contables y declaraciones locales. Contratá un contador local.
- Declará tu participación en Argentina y revisá efectos fiscales y cambiarios. Ante la AFIP y otros organismos podés tener obligaciones informativas y tributarias. Consultá con un contador argentino que conozca fiscalidad internacional.
Qué podés hacer solo y qué requiere profesional: podés elegir jurisdicción, reunir documentación y solicitar apostillas. Necesitás abogado o contador local para la constitución material, redacción de estatutos adaptados a la normativa local y para manejar obligaciones fiscales en ambos países.
Qué puede pasar
1) Se arregla sin abogado en muchas jurisdicciones sencillas: presentás papeles, pagás tasas y obtenés la sociedad. Esto es frecuente en países con trámites digitales y políticas pro-inversión.
2) Acuerdo con ajustes contables: contratás a un contador local, y acordás la estructura societaria y fiscal. Muchas veces la mejor solución es optimizar la carga impositiva y la operativa con un profesional, lo que evita problemas posteriores.
3) Litigio o sanciones: si no declarás los ingresos o tu participación en Argentina, podés recibir requerimientos fiscales. Si la sociedad se usa para actividades prohibidas o incumplís normas locales en el país receptor, te pueden imponer sanciones o clausuras. Si perdés en un juicio tributario local, habrá costas y multas.
Y si ganás, ¿cobrás? Si la sociedad genera utilidades, su cobro depende de la forma en que reprtites dividendos y de la normativa cambiaria y fiscal. Una sentencia favorable en un conflicto societario puede tardar en traducirse en dinero efectivo disponible, por trámites de liquidación y transferencias internacionales.
Errores que arruinan el caso
- No verificar requisitos locales antes de firmar con un proveedor o socio.
- No apostillar o traducir documentos correctamente.
- Otorgar poderes mal redactados que no sirven en la otra jurisdicción.
- Ignorar obligaciones fiscales argentinas por la participación en el exterior.
- Confiar en la promesa verbal de un gestor extranjero sin contrato claro ni comprobantes.
¿Necesitas un abogado para esto?
Para un primer intento podés reunir papeles y pedir información oficial. Contratá un abogado y un contador local cuando la actividad sea regulada, cuando te ofrezcan estructuras complejas de planeamiento fiscal, o cuando la contraparte proponga cláusulas societarias que impliquen cesión de control. Si te ofrecen un acuerdo para resolver una disputa societaria o fiscal, llevá el ofrecimiento a un profesional: ese es el momento en que un abogado puede pagarse solo.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí, mediante un poder otorgado ante escribano y, si hace falta, apostillado. El apoderado local puede realizar la constitución. Asegurate de que el poder detalle facultades precisas y sea aceptable en la jurisdicción receptora.
En la mayoría de los casos tenés obligaciones informativas y tributarias en Argentina por la participación en el exterior. Consultá con un contador que conozca la normativa internacional para evitar sanciones.
Generalmente DNI, constancia de domicilio, poderes y certificados notariales. Pedí a la autoridad extranjera la lista exacta antes de tramitar apostillas y traducciones.
Depende de la actividad, los costos y la responsabilidad legal. Una filial puede implicar responsabilidad directa de la casa matriz; una sociedad nueva aisla riesgos. Evaluá con un abogado y contador.
Pueden haber obligaciones de declarar rentas, pagar impuestos sobre utilidades o retenciones, y requerimientos cambiarios para repatriar fondos. Un contador internacional debe revisar tu caso.
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